viernes, 3 de diciembre de 2021

En Sesión Extraordianaria se declara procedente la creación de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana

• Se aprueba por unanimidad en tres Ayuntamientos y en el Consejo Fundacional de San Quintín

Mexicali, BC., a 3 de diciembre del 2021.- En Sesión extraordinaria virtual, del Pleno del Congreso, encabezada por el Presidente de la Mesa Directiva, Diputado Juan Manuel Molina García, se llevó a cabo la Declaratoria de Procedencia, referente al Dictamen número 07 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, así como la reserva en lo particular en el artículo 54 y en los Artículos transitorios Cuarto, Sexto, Séptimo y Octavo.

Con fecha primero de noviembre del año dos mil veintiuno, la Gobernadora del Estado de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, por conducto del Secretario General de Gobierno, Catalino Zavala Márquez, presentó ante la Oficialía de partes de esta soberanía, Iniciativa de reforma a los artículos 53, 54 y 69, la adición de un Capítulo IV al Título Cuarto denominado de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, a la Constitución Política del Estado de Baja California.

En sesión plenaria de fecha dieciocho de noviembre de dos mil veintiuno, fue aprobado el dictamen número 7 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, así como la reserva en lo particular presentada por la diputada María del Rocío Adame Muñoz, en el artículo 54 de la Constitución Local, y los artículos transitorios Cuarto, Sexto, Séptimo y Octavo.

Mediante oficios de números 001401, 001402, 001403, 001404, 001405 y 001406, remitidos los días dieciocho de noviembre del dos mil veintiuno, mismos que fueron recibidos los días diecinueve, veintiséis y veintinueve de noviembre del año dos mil veintiuno, por los Ayuntamientos de Mexicali, Playas de Rosarito, Presidente del Concejo Fundacional del Municipio de San Quintín, Tecate, Ensenada y Tijuana, respectivamente, les fue solicitado el sentido de su voto con relación a la aprobación de la reforma, así como la reserva en lo particular presentada por la Diputada María del Rocío Adame Muñoz.

Con fecha veintidós de noviembre del año en curso, fueron recibidos en Oficialía de Partes de este Congreso, el oficio 005303, suscrito por el Lic. Daniel Humberto Valenzuela Alcocer, Secretario del XXIV del Ayuntamiento de Mexicali, mediante el cual, fue remitida Certificación de Acuerdo de cabildo en el que se acordó pronunciarse a favor y por unanimidad de votos; así como la Certificación de Acuerdo de cabildo, suscrita por la C. Yossagen González Peralta, Secretaria Fedataria del Concejo Municipal Fundacional de San Quintín, por la cual, señala que, en sesión 3 extraordinaria de fecha veinte de noviembre del año en curso, se aprobó por unanimidad de votos de los miembros del concejo. 

Posteriormente, con fecha treinta de noviembre del año en curso, fue recibido en Oficialía de Partes de este Congreso, la Certificación de Acuerdo de Cabildo suscrito por la Mtra. Dora Nidia Ruíz Chávez, secretaria del XXIV Ayuntamiento de Tecate, Baja California, por medio del cual manifiesta que, en sesión extraordinaria de cabildo, fue aprobado el dictamen por unanimidad.  Finalmente, con fecha dos de diciembre del año en curso, fue recibida por la presidencia de este Congreso, la Certificación de Acuerdo de Cabildo suscrito por el Lic. José Luis Alcalá Murillo, Secretario Fedatario del IX Ayuntamiento de Playas de Rosarito, por el cual señala que en sesión extraordinaria de cabildo fue aprobado por unanimidad de votos.

Por lo antes expuesto y en cumplimiento a lo establecido por el artículo 112 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California y artículo 50 fracción XIV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, al haber recibido los votos aprobatorios, se procedió a declarar formalmente la reforma a los artículos 7, 53, 54, 69, así como la adición de un capítulo IV, denominado de la Secretaría de Seguridad Ciudadana y del Sistema Estatal de Seguridad Ciudadana, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California.

No hay comentarios:

Publicar un comentario