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Después de 6 años de probar documentalmente su relación laboral y, le
resolvieron la indemnización y pagos de salarios caídos, el patrón se amparó y,
en dos semanas volteó la sentencia
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
TIJUANA,
a 12 de marzo de 2019.- Con la aclaración de que no es nada personal, y no hay
trasfondo político, sino que se trata simple y llanamente de una demanda de
justicia laboral, la periodista Lourdes Maldonado López acusó que su ex patrón,
Jaime Bonilla Valdez, incurrió en tráfico de influencias.
No se
puede interpretar de otra manera el hecho de que, durante seis años de laudo
laboral nunca se presentaron ni el patrón ni sus abogados a los alegatos, pero
que, después de que la sentencia salió favorable a la trabajadora, se amparó en
contra de la resolución, y en dos semanas la volteó, favoreciéndose el patrón.
Debido
a múltiples evidencias de “tráfico de influencias”, Lourdes Maldonado informó
que va a presentar una denuncia penal, ante la Fiscalía General de la República
(FGR), contra los licenciados Mario Alberto Díaz Alcántar, Leticia Isabel
Merino Cuevas y Maricela Cenobio Garrido, por los delitos de corrupción y lo que
resulte.
Mientras,
está tramitando un amparo, y acudirá hasta la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, para que se corrija lo que se acusa como una injusticia laboral.
Así
mismo, la periodista dijo que va a buscar la forma de que se haga llegar al Presidente
Andrés Manuel López Obrador todo el expediente de esta injusticia, ya que éste,
en campaña y como Presidente ha dicho que “nadie debe estar por encima de la
ley, ni siquiera yo (sic)”.
“También
dijo que es inhumano que no se pague su sueldo a los trabajadores, pero,
lamentablemente, en su equipo tiene a un patrón explotador, soberbio y
corrupto, que incluso, deja pasar los procesos judiciales en su contra, no
litigan, esperando que se desestimen, y, cuando le salen en contra, por medio
de sus abogados compra, soborna funcionarios”, advirtió.
La
primera sentencia, bajo expediente 1359/2013, de la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje, precisa que se resolvió en primer lugar que “la
actora, María Guadalupe Lourdes Maldonado López acreditó la acción, intentada
en este juicio, y los demandados Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México,
S.A. de C.V., no acreditaron sus excepciones y defensas”.
“Segundo:
Se condena a las demandadas, Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México,
S.A. de C.V., a cubrir a la actora, María Guadalupe Lourdes Maldonado López, al
pago de las prestaciones citadas en el considerando último que antecede, tales
como salarios caídos, (…) más los intereses generados (…), para lo cual se
ordena abrir incidente de liquidación (…) indemnización constitucional, (…) y
el pago de (…) importe de salarios (…)”.
Después
de otros contenidos resolutivos, se estableció el “condenatorio: aprobado por
mayoría de votos de los C/C. Representantes del Gobierno, Lic. Juventino César
Jiménez López, y de los trabajadores C. Jesús Javier Merino Duarte, CONTRA el
voto del representante de los patrones, Lic. Roberto José Quijano Sosa, por
cuanto condena, y por mayoría de votos (…), miembros que integran la Junta
Especial Número 59, de la Federal de Conciliación y Arbitraje en esta ciudad de
Tijuana”… y firman los citados.
De esta
sentencia se notificó a mediados de febrero 2019, y, en dos semanas, se emitió
un nuevo resolutivo, en el que se observan referencias pasadas y como
desestimando todo el proceso que llevó la periodista Lourdes Maldonado, pues
“deja insubsistente el laudo dictado por esta junta en fecha 9 de abril de
2018, en cumplimiento a la ejecutoría de fecha 28 de diciembre de 2018 que
dicta el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo
Quinto Circuito, con residencia en la ciudad de Tijuana, dentro de los autos de
juicio de amparo directo número 357/2018…”
“Segundo:
La parte actora no acreditó la procedencia de su acción”.
“Tercero:
Se absuelve a las demandadas, Jaime Bonilla Valdez y Media Sports de México,
S.A. de C.V. de las prestaciones reclamadas en los incisos A) al H), por las
razones y los motivos expuestos en el considerando último de la resolución”.
Pero lo
más curioso es el “Condenatorio: aprobado por mayoría de votos de los C/C.
Representantes del Gobierno, Lic. Mario Alberto Díaz Alcántar, y de los
trabajadores Lic. Leticia Isabel Merino Cuevas, CONTRA el voto del
representante de los patrones, Lic. Roberto José Quijano Sosa, por cuanto
condena, y por mayoría de votos (…), miembros que integran la Junta Especial
Número 59, de la Federal de Conciliación y Arbitraje en esta ciudad de
Tijuana”… y firman los citados.
Eso
último fue un copy-paste, con dos diferentes actores por la parte trabajadora
¡aprobando la absolución del patrón, en contra del voto del representante
patronal, que es el mismo Roberto José Quijano Sosa!... “Aparte de que Roberto
Quijano es regidor, y por ende, supuesto representante del pueblo, aparece como
que votó en contra de la absolución del patrón, a pesar de representarlo, ¡eso
es inaudito!”, observó Lourdes Maldonado.
Todo lo
anterior, fue aparte de que la parte patronal, por instrucciones de Jaime
Bonilla Valdez, manipuló para que se trasladara el juicio de la Junta Local a
la Junta Federal, con el propósito de alargar el proceso, y la demandante se cansara.
No
obstante que, durante el proceso de la Junta Federal la parte patronal nunca
compareció ni presentó alegatos, casualmente, al salir favorable el laudo a la
trabajadora, “se ampara” (con fecha pasada) y sacan esta nueva sentencia,
evidentemente manipulada, lo que indica que hubo “tráfico de influencias”,
subrayó la demandante.