: Fueron avaladas por unanimidad del Pleno de
la XXI Legislatura. El inicialista es el diputado Juan Manuel Molina, de
Movimiento Ciudadano.
QUIHUBOLE/MEXICALI/31/Oct/14.- Con 22 votos a favor y cero en contra,
la XXI Legislatura local aprobó reformas a la Ley de Protección y Defensa de
los Derechos de los Menores de Baja California y al Código de Procedimientos
Civiles del Estado, con el fin de llevar a cabo una reforma integral que
contribuya a corregir los errores legales y humanos que se cometen en contra de
los menores y sus familias.
Las reformas venían contenidas en el dictamen 18 de la Comisión de
Justicia, y consisten en que la Procuraduría de la Defensa del Menor, con sus
facultades administrativas, se apoye o trabaje conjuntamente con el juez de
familia para obtener una validación judicial y así una sentencia sobre el
menor, ya que en la actualidad no se encuentra con recurso alguno en la Ley
para que los familiares afectados puedan inconformarse, debido a que este
supuesto no está previsto.
Asimismo, la iniciativa aprobada por el Pleno del Congreso propone que
las notificaciones que tienen que ver con la afectación de los derechos del
menor, sea notificada de manera personal no sólo a los tutores, sino a los
niños (siempre y cuando su edad y
comprensión lo haga posible) y adolescentes afectados por estas resoluciones,
en apego a la protección de los derechos humanos, el derecho a ser informado,
el debido proceso y acceso a la justicia.
El inicialista es el diputado Juan Manuel Molina García, quien en su
exposición de motivos mencionó que “la Procuraduría para la Defensa del Menor y
la Familia, autoridad designada por la Ley para ejercer esta atribución de
protección en favor de la infancia, si bien ha avanzado en infraestructura y
cobertura, se ha estancado en criterios arcaicos y anquilosados que, más allá
de proteger a la infancia, viola sus
derechos constitucionales de acceso a la justicia”.
Añadió que “esta autoridad ha venido castigando la pobreza y la
ignorancia de madres y padres, jornaleros, asalariados o cuyas circunstancias
sociales no les favorecen, y que tenemos documentados en los cuales no se ve al niño como un sujeto de
derecho pleno, tal como lo estable nuestra Carta Magna y los tratados
internacionales”.
En ese sentido, el representante popular de Movimiento Ciudadano
subrayó que las determinaciones de la Procuraduría para la Defensa del Menor y
las subprocuradurías que dependen de ella en cada municipio del Estado,
impactan de manera directa en los derechos de niñas, niños y adolescentes, sin
una temporalidad y sin derecho de recurso para estas familias.
Por último, Molina García especificó que no se puede hablar de
protección de derechos humanos de la infancia, cuando el 95 por ciento de las
acciones de intervención que realiza dicha Procuraduría, es la separación del
seno familiar amplio o se incomunica al niño del mundo que lo rodea, pues el
principio de presunción de inocencia es algo desconocido para esta autoridad.
“No se puede hablar de protección de derechos humanos de la infancia, cuando el derecho de visita
familiar de un niño se restringe a dos veces por semana por un tiempo de 15
minutos, sin una validación judicial, que no representa ni el 25 por ciento del
tiempo que se le da a un preso que ha
cometido un delito grave para recibir a sus familiares”, remató el legislador.