• Pablo César Castañeda, socio de la firma Caza Consultores, recordó que el plazo vence el próximo 30 de abril y que hasta ahora no se ha anunciado una prórroga.
Tijuana B.C. 25
de abril de 2025., En la recta final de la declaración anual de personas
físicas, el socio de la firma Caza Consultores y consejero de Coparmex, Pablo
César Castañeda, emitió una serie de recomendaciones a los contribuyentes.
"El plazo se
vence el 30 de abril, será miércoles, por lo tanto no hay días extras como en
los casos en los que el 30 de abril es viernes o fin de semana y se pasa al día
hábil siguiente, y hasta el momento la autoridad no se ha pronunciado con una
prórroga.
En redes mucho
se ha escuchado de que el SAT no tiene recursos y puede rechazar la devolución,
o hacer el proceso lento, en mi opinión y tomando solo los datos que podemos
encontrar: La tendencia es que año con año devuelve más, de 2023 a 2024
incrementó en un 15% aproximadamente", manifestó.
Señaló que
también es muy pronto para determinar que el SAT no devolverá, ya que cuenta
con un plazo de 40 días para devolver, contados al día siguiente en que se
envía la solicitud.
"La
autoridad puede requerir información para validar el saldo a favor, si lo vemos
como una línea del tiempo, haces la solicitud, la autoridad tiene 20 días para
solicitar información, te da 20 días para responder, y te puede hacer un
segundo requerimiento para el cual solo tienes 10 días para hacerlo y te da 10
días para responder, si no respondes en dicho plazo se considera por
desistido", explicó.
Pablo César
Castañeda, indicó que en caso de que no haya requerimiento, eso es positivo
para quien solicita el saldo a favor, ya que si la autoridad no requiere dentro
de los 20 de días, precluye su facultad de hacerlo.
"Si eres de
los que están obligados a presentar la declaración, o no lo estas pero tienes
deducciones personales, que pueden ser, honorarios médicos y enfermeras,
dentista, psicólogo, nutriólogo, medicinas solo si están incluídas en facturas
por hospitalización, colegiaturas, entre otros.
Mala noticia, la
mayoría de estas deducciones están topadas al 15% del total de ingreso o 5 UMAS
anuales, obviamente lo que sea menor", expuso.
Entre las
recomendaciones que el experto dió para que no sea rechazado el saldo a favor o
para aumentar la probabilidad de que se devuelva, están:
Validar la
información pre cargada, no siempre está correcta, o completa.
Todas las
deducciones deben contar con CFDI (factura).
Para pagarlos
usar tarjeta de débito, crédito, transferencia etc, pero no usar efectivo.
Cuidar que el
“Uso del CFDI”, la clave de servicio, y la forma de pago sean las correctas.
Si en la factura
se tienen conceptos adicionales como COPAGO; ALIMENTOS, COASEGURO etc, deben
excluirse.
Exigir la
factura dentro del año que se quiere declarar.
En el caso de
que se mande la declaración y haya un error, dijo que se puede presentar una complementaria antes del
31 de julio para poder aplicar a devolución automática, o como lo mencionó, la
autoridad puede requerir información, o también
puede devolver el monto que la autoridad considere correcto y el resto
se considera denegado.
"Por ultimo, tenemos una jurisprudencia donde se aclara que el SAT no está obligado a verificar que el contribuyente que solicita una devolución de saldo a favor, sea titular de la cuenta CLABE que proporcionó para el depósito respectivo, esto en devoluciones automáticas y que usas la firma electrónica avanzada para enviarla, ya que sustituye a la firma autógrafa, así que si no validas los datos bancarios corres el riesgo de que no te llegue a ti el saldo a favor", concluyó.

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