En primer orden, si bien es
cierto que la Sala Auxiliar del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa del
Estado de Baja California se acaba de pronunciar al resolver los diversos
juicios contenciosos promovidos por la empresa Blue Propane en contra de las
resoluciones por medio de las cuales se dejaron sin efecto los usos de suelo,
por haberse emitido estos cuando existía una moratoria para la expedición de
los referidos permisos para estaciones de carburación de Gas L.P., aprobada en
sesión de Cabildo del Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, celebrada el 1
de noviembre de 2016; también cierto resulta que, dichas sentencias no se
encuentran firmes, al haberse interpuesto en su contra recurso de revisión,
mismo que deberá ser resuelto por el Pleno del Tribunal antes mencionado,
estimando que existen muchos elementos para considerar que dichas sentencias
serán revocadas por el Pleno del Tribunal mencionado, ello una vez que se han
delatado y evidenciado flagrantes violaciones al debido proceso.
Adicionalmente, es menester
señalar que sobre una de las estaciones, la ubicada en el fraccionamiento Urbi
Villa del Prado, se tramitó y resolvió un Juicio de Amparo Indirecto,
identificado con el número 669/2019-III, del índice del Juzgado Quinto de
Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de Baja
California, en el que se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal
a los impetrantes de garantías, para el efecto de que la Dirección de
Administración Urbana, a través del Jefe del Departamento de Uso de Suelo y el
Subdirector de Control Urbano dejaran sin efecto todo lo actuado en el
procedimiento administrativo 1465/2017, incluyendo las autorizaciones en
materia de uso de suelo, así como la licencia de construcción, sentencia que
fue declarada ejecutoriada para todos los efectos legales el 18 de diciembre de
2019 y por cumplido dicho fallo el 28 de febrero de 2020.
En ese mismo sentido, sobre
las diversas estaciones ubicadas en las colonias Loma Dorada y el Tecolote, de
esta ciudad, la Dirección de Administración Urbana del Ayuntamiento de Tijuana,
se encuentra acatando en la actualidad la suspensión definitiva concedida
dentro de los Juicios de Amparo Indirecto 27/2019-I y 303/2019, radicados en
los Juzgados Quinto y Tercero de Distrito en Materia de Amparo y Juicios
Federales en el Estado de Baja California, respectivamente, cuyos efectos
obligan a la referida dependencia municipal a vigilar y supervisar que no se
continúe con la construcción de dichas estaciones de carburación.
Bajo este escenario, esta
Administración informa que hará una revisión a fondo en los procesos internos
que se llevaron a cabo y que culminaron con la emisión y expedición a la
empresa Blue Propane de los Dictámenes de Factibilidad de Uso de Suelo especial
para Estación de Carburación de Gas L.P., a efecto de corroborar que se haya
cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos por ley.
Esta Administración se
pronuncia a favor del surgimiento e inicio de operaciones de nuevas empresas en
la ciudad, pero siempre dentro del marco de la ley, refrendando nuestro
compromiso a la ciudadanía de no poner en riesgo su seguridad con la
instalación e inicio de operatividad de forma irregular de estaciones de carburación
de Gas L.P., y así evitar futuras catástrofes. Secretaría de Gobierno Del XXIII
Ayuntamiento de Tijuana
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