Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.- Con el objetivo de brindar certeza jurídica, contribuir al reordenamiento y avanzar en el proceso integral de regularización del servicio público de transporte, el Gobierno del Estado de Chiapas, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT), que encabeza Aquiles Espinosa García, elaboró el “Acuerdo por el que se Autoriza la modificación de Concesiones, derivado de diversos Procedimientos Administrativos de Regularización”, que fue publicado en el Periódico Oficial del Estado número 314, tomo tres, segunda sección de fecha 22 de noviembre del año en curso.
A partir del lunes 27 de noviembre de este año, los nuevos concesionarios podrán pasar de manera personal a los módulos que establezca la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de la SMyT, en términos de lo señalado en el Reglamento de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas.
Paso 1
El procedimiento es sencillo: el concesionario deberá presentarse con identificación oficial vigente y copia simple de la hoja del periódico donde aparece su nombre. Se le otorgarán cuatro órdenes de pagos de derecho, con las que deberá dirigirse al módulo de la Secretaría de Hacienda del Estado, ubicado en el interior de la SMyT, donde les entregarán las referencias bancarias para acudir al banco de su preferencia y realizar los pagos.
Paso 2
Una vez efectuados los pagos en el banco de su elección, deberán regresar al módulo de Hacienda del Estado con el ticket o voucher para canjearlos por recibos oficiales o comprobantes de pago.
Paso 3
Para recibir el Título de Concesión en la SMyT deberán presentar lo siguiente: original de la concesión que fue regularizada, recibos oficiales o comprobantes de pago expedidos por la Secretaría de Hacienda del Estado, identificación oficial vigente, una fotografía tamaño infantil y oficio de designación de beneficiario.
El beneficiario es, en términos del artículo 57 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas, quien podrá ser acreedor al derecho de la concesión, en caso de que el concesionario no pueda prestar el servicio por causa de muerte o incapacidad física o mental permanente.
El oficio de designación de beneficiario deberá estar firmado por el nuevo concesionario y dirigido al titular de la SMyT, el que deberá contener entre otros datos, lugar, fecha y municipio, número de la concesión publicada en el Periódico Oficial, nombre completo del beneficiario designado, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial vigente del titular de la concesión, del beneficiario y de los testigos.
Cabe señalar que la persona que sea designada como beneficiario deberá ser mayor de 18 años, no ser y ni haber sido concesionario, además de cumplir los requisitos establecidos en la fracción I del artículo 212 del Reglamento.
El Título de Concesión se entregará únicamente a los concesionarios, quienes tienen un término de 30 días hábiles a partir de la fecha de publicación de la concesión en el Periódico Oficial para recogerla en las oficinas de la SMyT.
Posterior a la recepción del Título de Concesión, el concesionario deberá acudir a la Dirección de Registro y Control del Transporte de la SMyT para realizar el registro del vehículo en un término de 30 días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción del dicho documento.
Es necesario recordar que la Secretaría de Movilidad y Transporte no admitirá gestores o intermediarios para gestionar, agilizar o garantizar alguno de los procedimientos; todos los trámites son gratuitos, de ninguna manera se cobra comisión y los derechos se pagan ante la Secretaría de Hacienda del Estado.
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