• Crear el tipo penal de Acoso
Sexual, estableciendo su distinción con el diverso delito de Hostigamiento
Sexual
Mexicali, BC., a 25 de febrero del 2022.- En Sesión Ordinaria virtual
de Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Juventudes y de Justicia, fue
aprobado el proyecto de dictamen respecto a la iniciativa de reforma a la Ley
de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y Código Penal para el
estado de Baja California, misma que fue presentada por oficialía de partes el
18 de octubre de 2021.
De manera específica, en la iniciativa dictaminada, se pidió puntual
atención a las figuras jurídicas de hostigamiento y acoso sexual en la
modalidad de la violencia laboral y docente que se contemplan en la Ley General
de Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, pero no así en la ley
local, así como la falta de tipificación del acoso sexual en el Código Penal
del Estado de Baja California, además de la falta del tipo penal de acoso
sexual, con esta denominación, en la codificación penal vigente.
Respecto a la violación del desarrollo psicosexual en materia laboral y
docente, las figuras jurídicas que han adoptado las legislaciones mexicanas
contemplan tres denominaciones, hostigamiento sexual, acoso sexual,
aprovechamiento sexual, de los cuales existe una mayor regulación en los casos
de acoso sexual y hostigamiento.
De la misma forma, la diputada inicialista, Liliana Michel Sánchez
Allende, explicó que se pretende evitar que la falta de descripción y
denominación incidan en una tolerancia en el ámbito laboral y docente para
sancionar las conductas de acoso y hostigamiento sexual, por lo que se propone
la armonización del marco legal local con la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como incrementar la condena del
delito de hostigamiento sexual así como la modificación de reglas para su sanción.
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