* En el punto de acuerdo, los magistrados no ordenaron al Instituto Estatal Electoral de Baja California dar la candidatura a Julián Leyzaola puesto que ésta no le fue concedida en principio
Los magistrados del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron este día que el teniente coronel Julián Leyzaola Pérez debe ser considerado “presunto inocente” antes que presunto culpable.
De
esta forma, los magistrados desestimaron el principal argumento del Instituto
Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) para no registrar al ex militar,
al considerarlo prófugo de la justicia debido a que es buscado por delitos
relacionados con tortura de expolicías.
El
10 de abril pasado, el Partido Encuentro Solidario (PES) presentó el expediente
de Julián Leyzaola Pérez como candidato a Alcalde de Tijuana; el 18 de abril,
el IEEBC resolvió no calificar el registro como procedente porque la Fiscalía
General del Estado (FGE) había notificado que el militar retirado contaba con
una orden de aprehensión.
Esto
llevó al Partido Encuentro Solidario a interponer un recurso de apelación ante
el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mismo que fue
resuelto este día.
En
la Sesión Pública de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, los magistrados
revocaron la acción del IEEBC para determinar si Leyzaola Pérez contaba con una
orden de aprehensión.
Según
los magistrados hubo “falta de exhaustividad” e “inobservancia en los
principios de presunción de inocencia y de maximización de los derechos
humanos”.
“La
autoridad responsable, al momento de emitir el punto de acuerdo, determinó de
forma indebida que el ciudadano actor se encontraba prófugo de la justicia”,
expuso el magistrado.
En
el punto de acuerdo, los magistrados no ordenaron al Instituto Estatal
Electoral de Baja California dar la candidatura a Julián Leyzaola puesto que
ésta no le fue concedida en principio, sólo se atendió la queja interpuesta por
el ciudadano y el PES de Baja California para los intereses “que ellos
convengan”.
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