martes, 24 de marzo de 2020

Se aprueba por unanimidad el proyecto de dictamen de la ley de movilidad y transporte en BC

Su objeto es establecer bases y directrices para planificar y regular, la movilidad, el transporte público y privado de personas y bienes
Se enriquece mediante el diálogo de los diputados con el sector transportista y precisiones sugeridas por el ejecutivo estatal
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI, a 24 de marzo del 2020.- El proyecto de dictamen no. 1 que contiene la Iniciativa de Ley de Movilidad y Transporte en Baja California, fue aprobado por unanimidad, en el seno de la comisión de Desarrollo Metropolitano, Conurbación e Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, que preside el diputado Ramón Vázquez Valadez.

Esta iniciativa enviada por el gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, tiene por objeto establecer las bases y directrices para planificar, regular, controlar, vigilar y gestionar la movilidad, el transporte público y privado de personas y bienes, en todas las modalidades, garantizando condiciones y derechos de las personas de manera segura, igualitaria, sustentable y eficiente.

La sesión de la comisión, dio inicio en la mañana del lunes 23 de marzo del presente, concluyendo a las 17:42 horas del mismo, con un receso durante el cual los diputados integrantes de la Comisión dialogaron con transportistas, teniendo como resultado algunas precisiones a diversos artículos, que incluyen además las sugeridas por el gremio con el ejecutivo estatal.

De aprobarse en el Pleno, garantizará el derecho humano a la movilidad, además da la justa prioridad a las personas con discapacidad, a los grupos vulnerables y niños; también crea una junta de gobierno que será la responsable de emitir las concesiones y permisos de servicio público, quitando el factor corrupción y encuadre político que se venía dando en gobiernos anteriores, siendo el Instituto de Movilidad el regirá los planes de estudio para reordenar rutas y sistemas dentro de la red de servicio.

Es el artículo 2 el que constituye la columna vertebral del proyecto de Ley, pues se compone de 87 fracciones, y es donde se advierten las primeras novedades jurídicas que la caracteriza, pues ofrece un bagaje jurídico amplio, con conceptos novedosos, debidamente definidos, lo que se traduce en seguridad jurídica para los destinatarios de la norma.

En lo que se refiere a los artículos 96 y 97, se establece que los concesionarios y permisionarios de las modalidades de transporte público podrán incorporarse a los Sistemas Integrados de Transporte, en los términos y plazos que establezca el Instituto conforme lo dispuesto en el Reglamento de la presente Ley, debiendo constituir un ente operador del servicio a través de un fideicomiso o la figura jurídica que se acuerde con el Instituto, conforme a las necesidades de cada municipio, así mismo el Instituto en conjunto con el Consejo de Movilidad Sustentable y Transporte, emitirán los lineamientos para la regulación de los esquemas financieros y propuestas tecnológicas que permitan una recaudación o ingreso centralizado de los recursos del pago de las tarifas a través de medios electrónicos y demás elementos necesarios en un modelo integrado.

Cabe mencionar que asistieron a esta sesión de la comisión legislativa, los siguientes diputados: el presidente de la misma, Ramón Vázquez Valadez y el secretario Juan Meléndrez Espinoza, así como los diputados integrantes: Miriam Elizabeth Cano Núñez, Claudia Josefina Agatón Muñiz, y Julio César Vázquez Castillo, contándose con la presencia del diputado Juan Manuel Molina García, así como del director de seguimiento legislativo Julio Felipe García Muñoz por parte del Poder Ejecutivo, y del  titular de la Consultoría Legislativa del Congreso, Francisco Javier Tenorio Anduja.

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