**Dijo que casos como UBER,
no hay nadie que lo regule ante un
incumplimiento a los usuarios que hacen
su pago por adelantado vía dispositivo móvil
**Deben asumir sus responsabilidades como cualquier otro servicio de
transporte bajo el régimen del código
civil del Estado.
Mexicali.- Ante el vacío legal
que existe en particulares y empresas
que ofrecen servicios de transporte por
la vía de internet, en donde muchas
veces no dan cumplimiento cabal a sus
responsabilidades, el diputado del
Partido del Trabajo, Julio César Vázquez Castillo, presentó iniciativa de
vanguardia para establecer en el código civil del Estado, la figura del contrato
electrónico.
Esta medida, tiene como objetivo fundamental que
entre particulares exista certeza
jurídica a quienes convienen a través de
este medio.
Vázquez Castillo, dijo que hoy
en día, la tecnología se pone a
disposición de la sociedad como un elemento facilitador de procesos de
convivencia en los distintos ámbitos de
la vida colectiva, por lo que necesariamente se
debe dar cauce Legal y normativo a los avances de dicha tecnología que
la globalización pone al alcance de millones de seres humanos.
Es muy común que muchas personas que pagaron por un servicio vía
electrónica a través de la Internet, anden buscando en instancias como la
Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), quien les regrese su dinero, porque lo que adquirieron o convinieron bajo este
medio, nunca lo recibieron.
El presidente de la comisión por
los Derechos de las Personas con Discapacidad, Tercera Edad y Niñez,
propone para estos fines reforma con
proyecto de decreto, del Artículo 2519 del Código Civil de Baja California.
Expuso que en el caso de Tijuana, la empresa de transporte Uber, que
opera bajo el medio de servicio electrónico contratado por medio de
un dispositivo móvil a cambio de una
tarifa sustentada, no está regulada.
Julio César Vázquez, dijo que bajo este contexto, resulta necesario
establecer el régimen de responsabilidades civiles que generará la relación
contractual, es decir el proveedor privado de transporte será quien preste el
servicio y será también el obligado por responsabilidad civil.
Entre otras cosas que propone la iniciativa de reforma del diputado
petista, es que la prestadora de servicios electrónicos sea responsable en caso
que el proveedor privado de transporte no cuente con un seguro de cobertura por daños a terceros, con la finalidad de que en cualquier situación se reconozca
por responsabilidad civil, ya sea por el proveedor privado de transporte a
través del seguro correspondiente o ante
su ausencia, la prestadora de servicios
electrónicos.
En el punto resolutivo expone
que la prestadora de servicio electrónico de no brindar directamente el
servicio privado de transporte, por lo
cual es responsable solidario por cualquier incumplimiento del contrato
electrónico de transporte privado de personas, a través de una prestadora de servicios electrónicos, será
directamente el proveedor privado del transporte.
Así mismo la prestadora de servicios electrónicos deberá contar con los
permisos de operación que expida la autoridad correspondiente y sus unidades
estarán debidamente importadas y estar al corriente de pagos y derechos que
correspondan y serán sujetas, periódicamente para revisión mecánica.
Y, -dijo- el diputado Julio
César Vázquez, serán responsables por el incumplimiento del contrato
electrónico de transporte privado de personas por lo que se refiere al transporte en sí, sin embargo en caso de
que el proveedor de transporte no cuente
con un seguro vigente que cubra lo relativo a
la responsabilidad civil, la prestadora de servicios electrónicos
responderá únicamente en los
términos que establece la
legislación aplicable estatal o
municipal.
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