Esta
iniciativa busca fortalecer el marco normativo y operativo en materia de
protección civil, garantizando que los servicios ofrecidos a la ciudadanía
cumplan con los más altos estándares de calidad y seguridad.
En
concordancia con lo dispuesto en la Ley de Protección Civil del Estado de
Chiapas y su Reglamento, y tras la 1ª Reunión Ordinaria 2025 de la CTEyVPA, se
ha acordado la revocación de todos los registros anteriores de Profesionales
Acreditados en todas sus modalidades. Esta medida sienta las bases para un
nuevo proceso de registro y certificación que asegure la actualización y el
cumplimiento de los requerimientos normativos vigentes.
La
convocatoria está dirigida a todas las personas físicas y morales interesadas
en obtener un nuevo registro como Profesionales Acreditados, y se encuentra
disponible en las redes sociales oficiales de la Secretaría de Protección
Civil: Twitter @pcivilchiapas y en Facebook Protección Civil Chiapas.
Los
interesados deberán presentar la siguiente documentación: Solicitud por escrito
Incluyendo nombre o denominación social, representante legal, domicilio, ámbito
territorial de los servicios, descripción de los servicios en protección civil
y firma. Registro Federal de Contribuyente (RFC). Comprobante de pago de
derechos de la solicitud de registro (este pago se realizará posterior a la
revisión del expediente).
En
el caso de personas físicas, además de lo anterior se deberá adjuntar: Acta de
nacimiento reciente. Identificación oficial con fotografía vigente. Constancias
que acrediten grado de estudios (profesional o técnico), experiencia y
certificaciones profesionales, así como los cursos recibidos en materia de
protección civil en las especialidades solicitadas, conforme a lo establecido
en las redes sociales oficiales.
Adicionalmente
se requerirá la presentación de: Informe del cumplimiento o incumplimiento de
las obligaciones señaladas en el Dictamen de Riesgo, en un plazo no mayor a 30
días hábiles después de la fecha de expedición del documento y/o antes de
iniciar operaciones en el inmueble (Art. 68 del Reglamento de la Ley de
Protección Civil del Estado). Informe anual de dictámenes emitidos y estatus de
cumplimiento de las obligaciones, dentro de los primeros 10 días hábiles de
cada año (Art. 69 del Reglamento de la Ley de Protección Civil del Estado).
La
CTEyVPA asistida por el secretario, el director general, el coordinador general
y el secretario técnico de la Comisión, realizará las revisiones técnicas y
normativas necesarias a los expedientes. Se considerarán factores como posibles
conflictos de interés: relación laboral/familiar con trabajadores de la
dependencia, antecedentes de denuncias y/o malas prácticas evidenciadas, y el
incumplimiento de la normativa de sus obligaciones.
Esta
convocatoria es de carácter obligatorio y extensiva para todos los
Profesionales Acreditados, sin excepción. Las situaciones no previstas en la
presente convocatoria serán analizadas por las áreas correspondientes.
La Secretaría de Protección Civil reitera su compromiso con la seguridad y bienestar de la población chiapaneca, a través de la profesionalización y regulación de quienes brindan servicios esenciales en la gestión integral de riesgos.
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