lunes, 28 de agosto de 2017

OTORGA IMSS PENSIÓN POR VIUDEZ

* El fallecido debió cotizar al menos 150 semanas. Se requiere acreditar matrimonio o concubinato. Informes en www.imss.gob.mx o al 01 800 681 23 23
BAJA CALIFORNIA
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI, a 28 de agosto de 2017.- Al fallecer un asegurado o pensionado, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), contempla el otorgamiento de una pensión vitalicia de viudez a deudos que acrediten el derecho a obtener este beneficio. 
El titular de la delegación Baja California del Instituto, maestro Francisco Iván Beltrones Burgos, informó que entre la gama de prestaciones económicas auspiciadas por la Ley del IMSS, destaca la protección a familiares de un trabajador fallecido   tanto con el pago,  como con el servicio médico.
Al respecto señaló que un trabajador que  haya cotizado como mínimo 150 semanas otorga  a su consorte el  derecho a recibir pensión por  viudez,  prestación que también aplica en el caso de fallecimiento de un pensionado. “Es importante que cumplan con los requisitos que nos marca la normatividad; comprobante de matrimonio o concubinato  de cinco años anteriores a la defunción, como el más importante”, precisó.
Beltrones Burgos puntualizó al momento de solicitar pensión de viudez, se debe presentar acta de matrimonio (de reciente expedición), mientras que en el caso de concubinato, habrá que acreditar la convivencia mediante un juicio no contencioso a través de una autoridad judicial  en el que se lleva a cabo un testimonial a través de personas que atestiguan esa relación. Cuando se trata de varones viudos, explicó el funcionario, adicionalmente deben demostrar mediante un juicio similar, la dependencia económica de parte de la difunta.
Enfatizó que el Seguro Social por su parte desarrolla un procedimiento interno sobre el estado de salud del solicitante (viudo o concubinario) a través del área de medicina del trabajo y del médico familiar, para poder determinar si tiene algún grado o estado de invalidez que complemente la dependencia económica.
El funcionario federal destacó que el pago de pensión por viudez, equivale al 90 por ciento de lo que hubiera correspondido al asegurado en caso de invalidez o de la que venía disfrutando en caso de haber sido pensionado.
Tras afirmar que en la Ley del IMSS se contemplan algunos supuestos que propician la cancelación del beneficio, entre ellos que el viudo o viuda contraigan matrimonio o vivan en concubinato de nuevo, puso a consideración el número 01 800 681 23 23 para obtener mayor información o bien, consultar en la página www.imss.gob.mx.

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