La iniciativa fue presentada por el diputado David Ruvalcaba con
el fin de impedir que personal de
juzgados de diversos partidos judiciales manejen dinero en efectivo
Mexicali, B.C., jueves 6 de agosto de 2015.- El pleno del Congreso
aprobó en la sesión de este jueves, el Dictamen No. 41 de la Comisión de
Justicia que contiene iniciativa que adiciona la Ley Orgánica del Poder
Judicial del Estado de Baja California, cuyo inicialista es el diputado David
Ruvalcaba Flores.
La intensión legislativa es impedir que el personal de los juzgados de
los diversos partidos judiciales en el Estado, manejen dinero en efectivo, ya
que para ello se encuentran las unidades administrativas, que son las únicas
autorizadas para recibir o manejar dinero en efectivo o mediante las diversos
formas de depósito, todo esto autorizado por el Consejo de la Judicatura del
Estado, que lo acredite.
Dicha enmienda a la Ley que rige al Poder judicial, fue presentada por
el congresista ante el pleno el trece de noviembre de 2014, misma que fue
turnada a la Comisión de Justicia, en donde fue analizada y dictaminada,
aprobándose por el diputado presidente Juan Manuel Molina García y los
legisladores Roberto Dávalos Flores, Nereida Fuentes González y Rosalba López
Regalado.
Posteriormente, en la sesión de este jueves se aprobó por el Pleno del
Congreso el Dictamen No. 41 de la Comisión de Justicia, que contiene la
iniciativa de reforma a la ley que rige al Poder Judicial de Baja California, del inicialista Ruvalcaba
Flores; se recorre el orden de dicha
fracción y se adiciona la fracción XVII del artículo 131 de la LOPJEBC.
Dicha adición a este artículo, queda como sigue: “Constituyen faltas
administrativas comunes a todos los servidores públicos de la Administración de
Justicia: Recibir de las partes de un juicio o sus abogados, dinero por
concepto de pago de derechos de certificación de copias o copias simples, las
cuales deberán pagarse en la caja de la unidad administrativa respectiva,
presentando el recibo en el juzgado donde se esté tramitando el asunto”.
El procedimiento que actualmente se realiza es para concentrar el pago
de derechos por expedición de copias certificadas, las cuales hayan sido
previamente acordadas por la autoridad jurisdiccional correspondiente, ante la
caja auxiliar del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Los encargados de manejar el dinero proveniente del pago de derechos
son las unidades administrativas, a través del Fondo Auxiliar para la
Administración de Justicia el cual esta “bajo la vigilancia, supervisión y
administración del Consejo de la Judicatura del Estado”, de acuerdo al artículo
primero de la Ley del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del
Estado de Baja California; en correlación con el artículo 164 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado, el cual menciona que: El Consejo de la
Judicatura del Estado contará con aquellas Unidades Administrativas que sean
necesarias para el mejor cumplimiento de sus atribuciones y que autorice el
presupuesto de egresos. (COMUNICADO 1241).
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