• Garantiza derecho de niñas, niños y adolescentes a mantener convivencia con sus padres, y que en caso de hospitalización, el que tenga la tutela pueda permanecer con ellos
• Es una realidad latente en la sociedad
bajacaliforniana que los progenitores se encuentran separados y habitan
domicilios diversos
Mexicali, B.C.,
domingo 21 de mayo de 2023.- La Diputada Gloria Arcelia Miramontes Plantillas
presentó una Iniciativa de reforma a la Ley de Salud Pública de Baja
California, cuyo objeto es garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes
a mantener convivencia con sus padres, y que el padre que tenga la tutela pueda
permanecer con ellos en caso de hospitalización, o cualquier estudio médico que
se realice.
En su exposición
de motivos, indicó la Congresista de Morena que es una realidad latente en la
sociedad bajacaliforniana y mexicana, que se den situaciones donde los
progenitores se encuentran separados físicamente y habitando domicilios
diversos.
Resaltó que las
instituciones jurídicas de la guarda, custodia, visitas y convivencia, son
mecanismos paralelos y complementarios que el derecho provee, para garantizar
que en estos contextos de crisis familiar y de separación de los miembros de la
pareja, los menores de edad sigan desarrollando sus relaciones familiares y
mantengan el contacto directo con sus progenitores o con quienes realizan la
función parental conforme a la patria potestad o la tutela.
Así mismo, dijo
que derivado de la obligación del Estado de impulsar y dictar políticas
públicas para garantizar el derecho de convivencia, esta reforma tiene por
objeto maximizarlo y garantizarlo en situaciones totalmente justificadas.
Por tales
motivos, propuso la presente reforma, para que el artículo 22 BIS, quede como
sigue: a fin de garantizar el derecho que tienen niñas, niños y adolescentes a
mantener la relación con sus padres, y en el entendimiento de que tal relación
es benéfica para el mejoramiento de la salud, se permitirá que el padre, la
madre o ambos, o en su defecto de quien ejerza la patria potestad, tutela o
guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes, permanezcan con ellos cuando
estén hospitalizados o se les realicen análisis o exámenes médicos.
Y se buscará que, además participen y coadyuven en la medida de su capacidad en el proceso de curación, salvo en aquellos supuestos que por orden expresa de autoridad competente se encuentren impedidos legalmente para hacerlo.
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