jueves, 29 de agosto de 2019

Aprueba el Congreso Iniciativa de Reforma a la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos

La iniciativa comprende también reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI, a 29 de agosto de 2019.- El Pleno de la XXIII Legislatura aprobó la iniciativa presentada por la diputada Monserrat Caballero Ramírez, con el objeto de reformar la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos, así como la Ley de Responsabilidades Administrativas, ambas del Estado de Baja California.

La propuesta fue presentada a nombre de Morena, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México, Partido de Baja California, y Transformemos, como parte de los trabajos realizadas en la anterior sesión ordinaria.

El dictamen número uno de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que fue leído en tribuna por el presidente de este órgano legislativo, diputado Juan Manuel Molina García, se aprobó de manera unánime en lo general durante la sesión de este jueves y que fue conducida por el diputado Catalino Zavala Márquez, en su calidad de presidente de la Mesa Directiva.

El propósito de esta reforma es adicionar un último párrafo al artículo 11 y reformar los artículos 13 y 23, de la primera de las leyes mencionadas, además de adicionar un párrafo al artículo 57 de la Ley de Responsabilidades.

El objetivo que persiguen los inicialistas es establecer las condiciones legales para llevar a cabo el proceso de transición en un marco serio y responsable, “porque las autoridades obligadas a hacer la entrega se están comportando con poca seriedad, por decir lo menos” se asevera en los considerandos de la propuesta.

En el caso del párrafo añadido se establece: “Toda la información contenida en las fracciones anteriores deberá estar a disposición de las comisiones de enlace nombradas por la autoridad pública entrante de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 13 de esta misma ley, el día después de que haya sido reconocida legalmente por la autoridad competente”.

En este mismo artículo se especifica que la autoridad pública entrante estatal o municipales, “constituirá comisiones de enlace de inmediato, para que, en coordinación con la autoridad obligada a hacer la entrega, quien igualmente deberá constituir las comisiones correspondientes, inicien la transferencia de información, inmediatamente, sobre el estado en que se encuentren los asuntos relacionados con recursos financieros y materiales.

En el texto de este mandato se precisa que los salientes deberán entregar o mostrar toda la información que les sea solicitada y que “el servidor público que se niegue a brindar la información requerida, estará cometiendo una falta grave en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Baja California”.

Respecto a esta última, también se planteó reformarla en su artículo 57 para asentar que “constituye abuso de funciones de un servidor público el retraso, la dilación o la negativa a responder sin demora, con diligencia y prontitud a cualquier solicitud de información de parte de las comisiones de enlace previstas en el artículo 13 de la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos y Recursos Públicos”.

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