* Se atienden
denuncias por omisión de registro o por reportar menor salario al que percibe.
* Se pueden efectuar
por medio de un escrito, telefónicamente, correo electrónico y presencialmente.
* De ser favorable al trabajador, el patrón
deberá restituirle derechos.
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI,
a 31 de enero de 2019.- Todo trabajador debe estar registrado ante el Instituto
Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el patrón está obligado a ingresarlo con el
salario real que percibe, de lo contrario, existen mecanismos de denuncia que
la dependencia atiende puntualmente para salvaguardar derechos y prestaciones
de los asegurados.
Con
esta aseveración, el Mtro. Francisco Iván Beltrones Burgos, delegado regional
del IMSS en Baja California y San Luis Río Colorado, Sonora, exhortó a los empleados que detecten que su
patrón no ha hecho el trámite o registran un salario menor, para que presenten
la denuncia correspondiente.
Explicó
que la manifestación de inconformidad puede ser por escrito, correo electrónico,
presencial o vía telefónica y la puede presentar el mismo trabajador, un
beneficiario o representante legal, “es válido hacerlo de forma anónima”,
precisó.
El funcionario
detalló que la denuncia telefónica se realiza en el número 01 800 623 2323
opción 5 y 5585038888, de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas; por correo se
ingresa a la siguiente liga: denuncia.enlinea@imss.gob.mx
y presencialmente en el departamento de Auditoria a patrones de la
subdelegación IMSS más cercana a su domicilio, de lunes a viernes de 09:00 a
15:00 horas.
Para
agilizar la investigación, explicó Beltrones Burgos, es necesario proporcionar
la razón social o nombre completo del patrón; Número de Seguridad Social (NSS);
importe del sueldo y periodicidad de pago; fecha de inicio de labores en la
empresa; comprobante del pago y forma en que se recibe (efectivo, depósito
bancario, estado de cuenta del trabajador en el que se observe el pago, número
de cuenta bancaria del patrón); identificación oficial.
Asimismo,
se requiere declaración de hechos a denunciar; credencial de trabajo (en caso
de contar con ella); contrato de prestación de servicios (en caso de existir);
razón social o nombre comercial del patrón así como su Registro Federal de
Contribuyentes (RFC); domicilio de oficinas principales de la empresa;
domicilio donde el trabajador realiza sus labores y número aproximado de
trabajadores en el centro de trabajo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario