* Trabajadores
que pierden su empleo tienen ese derecho.
* El
beneficio aplica una vez cada cinco años por trabajador.
La
delegación regional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), informa a
los trabajadores que desean solicitar ayuda por desempleo que el trámite se
realiza directamente en la Afore que administra su cuenta individual.
BAJA
CALIFORNIA
Por:
Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI,
a 7 de agosto de 2018.- Con
relación a esto, el delegado en Baja California y San Luis Río Colorado, Mtro.
Francisco Iván Beltrones Burgos explicó que anteriormente, el documento se
obtenía en subdelegaciones del Instituto pero con los cambios derivados del
proceso de facilitación de trámites, ya no es necesario.
Dijo
que de acuerdo a lo estipulado en el
artículo 191 de la Ley del Seguro Social, los trabajadores que pierden su
empleo tienen la posibilidad de retirar el 10 por ciento de la subcuenta de
retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Este
derecho, -dijo-, lo pueden hacer valer los cotizantes que acrediten con los
estados de cuenta correspondientes no
haber efectuado retiros durante los cinco años inmediatos anteriores, “se le
otorgará sólo si han transcurrido 46 días desde que el trabajador dejó de laborar”,
precisó.
Beltrones
Burgos, recalcó que el proceso anterior contemplaba la presentación de un
certificado de retiro expedido por el Instituto, lo que implicaba una visita
del interesado a las subdelegaciones y posteriormente presentarlo en la Afore.
Ahora,
los interesados en obtener esta prestación deberán estar dados de baja como
trabajadores; tener como mínimo 250 semanas cotizadas; estar registrado en la
Afore de su elección y no tener trámite
de cambio de Afore en ese
momento.
Recalcó que el beneficio sólo aplica una vez cada
cinco años previa solicitud y conforme a lo establecido por la Ley del Seguro
Social; el pago lo realiza la Afore en
la que esté inscrito, “se debe tomar en cuenta que al hacer valer este derecho,
se descontarán semanas de cotización del trabajador”, subrayó.
Detalló
que para recibir esta ayuda, se requieren presentar la documentación necesaria:
dos últimos estados de cuenta que proporciona la Administradora de Fondos para
el Retiro (AFORE), identificación oficial con fotografía y firma del asegurado
pensionado, identificación oficial, documento oficial con el Número de Seguridad Social del interesado y
el número de cuenta bancaria en la que se realizará el depósito en caso de
elegir esa forma de pago.
Por
último, Beltrones Burgos dijo que para mayor información o dudas, se puede
consultar la página electrónica www.imss.gob.mx
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