viernes, 19 de mayo de 2017

TRABAJADORES DOMÉSTICOS DEBEN SER INSCRITOS ANTE EL IMSS

Beneficios de la seguridad social con pago de una cuota anual. Requisitos y trámite a través de www.imss.gob.mx para facilitarlo. Empleados domésticos no están exentos de enfermedades o accidentes
BAJA CALIFORNIA
Redacción/Quihubole!!!
TIJUANA, a 19 de mayo de 2017.- La cobertura médica para trabajadores que realizan actividades domésticas está contemplada en la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) siempre y cuando los patrones cubran una cuota anualizada.
Así lo afirmó el delegado regional del Instituto en Baja California y zona parcial de Sonora, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, quien destacó que la afiliación de empleados con actividades para el hogar, también ampara el beneficio de una pensión y otras prestaciones económicas para el asegurado.
Exhortó a los patrones a otorgar seguridad social a sus trabajadores domésticos, toda vez que éstos no están exentos de sufrir enfermedades o accidentes y al carecer de seguridad social, les  implica gastos y riesgos de mayores complicaciones que se solventarían con la protección que otorga el IMSS.
Además de la atención médica –recalcó-, se tiene la ventaja de proveer un subsidio económico al trabajador en caso de incapacidad “es una protección de salud que por un pago al año también posibilita al trabajador recibir pago de incapacidades o una pensión al cumplir el tiempo laboral previsto en la Ley”, precisó.
El funcionario federal refirió que el seguro para trabajadores domésticos incluye servicios de medicina familiar; atención quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, así como las pensiones de invalidez y/o viudez; retiro en cesantía en edad avanzada (60 años) o por vejez (65 años); orfandad y ascendencia.
Está dirigido –aclaró-, a personas que realizan trabajos de aseo o asistencia en actividades del hogar, se contrata con un pago anual anticipado calculando una cuota sobre un sueldo mensual mínimo vigente.
Una ventaja de la modernización tecnológica del IMSS, es que se puede inscribir a través la página https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home o bien, en las subdelegaciones administrativas del instituto, “se contrata por año de vigencia y los beneficios incluyen al trabajador y sus beneficiarios legales a partir del primer día del mes siguiente de su pago”, precisó.
Puntualizó que no se podrá asegurar al trabajador del hogar en caso de presentar alguna enfermedad preexistente como tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas con complicaciones tardías por diabetes; enfermedades por atesoramiento (enfermedad de gaucher); padecimientos crónicos de hígado, secuelas por arritmias, ángor o infartos de miocardio; enfermedad obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria; enfermedades sistémicas crónicas del tejido conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos mentales como psicosis; demencia; enfermedades congénitas y Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana Positivo (VIH).
En cuanto a los requisitos, indicó,  se debe presentar identificación oficial del patrón y el trabajador; comprobante del domicilio de ambos; comprobante de pago del aseguramiento; llenar cuestionario médico que proporciona el IMSS, llenado por el trabajador doméstico y por cada familiar a asegurar, cuando aplique, en original; dos fotografías por cada persona que se va a dar de alta.

No hay comentarios:

Publicar un comentario