Beneficios
de la seguridad social con pago de una cuota anual. Requisitos y trámite a
través de www.imss.gob.mx para facilitarlo.
Empleados domésticos no están exentos de enfermedades o accidentes
BAJA CALIFORNIA
Redacción/Quihubole!!!
TIJUANA,
a 19 de mayo de 2017.- La cobertura médica para trabajadores que realizan
actividades domésticas está contemplada en la Ley del Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) siempre y cuando los patrones cubran una cuota anualizada.
Así lo
afirmó el delegado regional del Instituto en Baja California y zona parcial de
Sonora, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, quien destacó que la
afiliación de empleados con actividades para el hogar, también ampara el
beneficio de una pensión y otras prestaciones económicas para el asegurado.
Exhortó
a los patrones a otorgar seguridad social a sus trabajadores domésticos, toda
vez que éstos no están exentos de sufrir enfermedades o accidentes y al carecer
de seguridad social, les implica gastos
y riesgos de mayores complicaciones que se solventarían con la protección que
otorga el IMSS.
Además
de la atención médica –recalcó-, se tiene la ventaja de proveer un subsidio
económico al trabajador en caso de incapacidad “es una protección de salud que
por un pago al año también posibilita al trabajador recibir pago de
incapacidades o una pensión al cumplir el tiempo laboral previsto en la Ley”,
precisó.
El
funcionario federal refirió que el seguro para trabajadores domésticos incluye
servicios de medicina familiar; atención quirúrgica, farmacéutica y
hospitalaria, así como las pensiones de invalidez y/o viudez; retiro en
cesantía en edad avanzada (60 años) o por vejez (65 años); orfandad y
ascendencia.
Está
dirigido –aclaró-, a personas que realizan trabajos de aseo o asistencia en
actividades del hogar, se contrata con un pago anual anticipado calculando una
cuota sobre un sueldo mensual mínimo vigente.
Una
ventaja de la modernización tecnológica del IMSS, es que se puede inscribir a
través la página https://serviciosdigitales.imss.gob.mx/portal-ciudadano-web-externo/home
o bien, en las subdelegaciones administrativas del instituto, “se contrata por
año de vigencia y los beneficios incluyen al trabajador y sus beneficiarios
legales a partir del primer día del mes siguiente de su pago”, precisó.
Puntualizó
que no se podrá asegurar al trabajador del hogar en caso de presentar alguna
enfermedad preexistente como tumores malignos; enfermedades crónico degenerativas
con complicaciones tardías por diabetes; enfermedades por atesoramiento
(enfermedad de gaucher); padecimientos crónicos de hígado, secuelas por
arritmias, ángor o infartos de miocardio; enfermedad obstructiva crónica con
insuficiencia respiratoria; enfermedades sistémicas crónicas del tejido
conectivo; adicciones como alcoholismo y otras toxicomanías; trastornos
mentales como psicosis; demencia; enfermedades congénitas y Síndrome de
Inmunodeficiencia Adquirida o Virus de Inmunodeficiencia Adquirida Humana
Positivo (VIH).
En
cuanto a los requisitos, indicó, se debe
presentar identificación oficial del patrón y el trabajador; comprobante del
domicilio de ambos; comprobante de pago del aseguramiento; llenar cuestionario
médico que proporciona el IMSS, llenado por el trabajador doméstico y por cada
familiar a asegurar, cuando aplique, en original; dos fotografías por cada
persona que se va a dar de alta.
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