jueves, 9 de marzo de 2017

PENSIONADOS TIENEN BENEFICIOS ANTE EL IMSS

Cuentan con cobertura total de protección. Pueden solicitar préstamos al Instituto. Tienen un año de plazo para liquidar
COMUNICADO DE PRENSA
BAJA CALIFORNIA
MEXICALI, a 09 de marzo 2017.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Baja California y SLRC, Sonora, mantiene su compromiso para preservar servicios de salud y cumplir con los derechos de sus pensionados, tales como el otorgamiento de préstamos a cuenta de su retribución.
Al informar lo anterior, el delegado de la institución, licenciado Francisco Iván Beltrones Burgos, invitó a ese importante sector a mantenerse debidamente informados sobre sus derechos para hacerlos valer y aprovechar programas sociales y de prevención, creados para su beneficio.
Puntualizó que los trabajadores en retiro –sin importar el tipo de pensión- tienen garantizado su pago mensual conforme a la Ley del Seguro Social; recibir asistencia médica, quirúrgica, especializada y farmacéutica; servicio de hospitalización, terapias de rehabilitación y servicio de medicina preventiva.
Beltrones Burgos, destacó que los pensionados bajo el régimen de Ley del Seguro Social 1973, tienen la posibilidad de solicitar préstamos a cuenta de pensión, después de haber transcurrido tres meses de su primer pago.
También, agregó, quienes hayan solicitado un préstamo con anterioridad, después de tres meses pueden solicitarlo nuevamente “un requisito indispensable es que los descuentos no reduzcan la cuantía de la pensión a una cantidad inferior a lo mínimo establecido por la ley”, subrayó.
Detalló que en caso de procedencia del préstamo, el Instituto informará al pensionado sobre la fecha en que puede realizar su cobro y los descuentos correspondientes; el plazo de recuperación será a un año mediante descuentos mensuales fijos a cargo de su pensión y no generará intereses.
Lo documentos que deben presentar para el otorgamiento de préstamo a cuenta de pensión son  identificación oficial con fotografía y firma; comprobante de domicilio de reciente expedición -no mayor de tres meses- y un documento que contenga el número de seguridad social expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE. Cabe señalar que el solicitante debe realizar el trámite personalmente en la unidad receptora que le corresponda, en días hábiles de 08:00 a 15:00 horas
Entre los puntos a tomar en cuenta, el titular del IMSS dio a conocer los siguientes:
Que la pensión sea bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.
Que la prestación se encuentre vigente.
Acreditar  antigüedad mínima de tres meses en el disfrute de ese derecho.
Suscribir solicitud de acreditamiento en cuenta cuando cobre pensión a través de pago en efectivo.

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