Fotos: https://we.tl/t-b26H5qwQuOBz7169
Audio: https://we.tl/t-GH4HDLWnDNzDA2S4
Presentación: https://we.tl/t-prxXojLPyHjBu8ck
“Deben renunciar a otra ciudadanía, si
es que la tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para
garantizar que el interés de la nación esté por encima de cualquier otro interés”,
puntualizó
Se propone una modificación de los artículos
82, 116 y 122 para establecer que quien ejerza el cargo no podrá adquirir ni
solicitar otra nacionalidad, además de que queda prohibido el uso de documentos
de identidad extranjeros, el ejercicio de derechos inherentes a la ciudadanía
extranjera o el acogerse a su protección diplomática
Ciudad de México, 27 de agosto de 2026.-
La Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo informó que enviará al Congreso de la Unión
la iniciativa de reforma constitucional para que quienes deseen ocupar la
Presidencia de la República o gubernaturas renuncien a su doble nacionalidad en
caso de tenerla, con el objetivo de que el interés de México esté por encima de
cualquier otro.
“El objetivo es garantizar que toda
persona mexicana que desee ser presidente o presidenta de la República,
gobernador, gobernadora, jefe o jefa de Gobierno, deba ser solo mexicano, no
tener ninguna otra nacionalidad. (...) Actualmente en la Constitución no queda
claro —y ha habido gobernadores que tienen doble nacionalidad— no queda claro
que deben renunciar a la … si tienen otra nacionalidad, antes de ser
candidato".
“Y ahora lo que estamos proponiendo es
eso al Congreso de la Unión, que una vez que se inscriban, que es el momento en
que desean ser presidenta o presidente o titular del Ejecutivo de alguna
entidad de la República, deben renunciar a otra ciudadanía, si es que la
tienen, y solamente quedarse con la nacionalidad mexicana, para garantizar que
el interés de la nación esté por encima de cualquier otro interés de cualquier
otro Estado o nación del mundo”, puntualizó en la conferencia matutina: “Las mañaneras
del pueblo”.
Detalló que esta iniciativa responde a
la necesidad de que frente a injerencias es indispensable que los gobernantes
sean mexicanas y mexicanos. “Que el interés superior sea México, ningún otro país”,
subrayó.
La Jefa del Ejecutivo Federal recordó
que el artículo 82 de la Constitución establece los criterios para ser
Presidenta o Presidente:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento.
Tener 35 años cumplidos al tiempo de la
elección.
Haber residido en el país durante todo
el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por treinta días,
no interrumpe la residencia.No pertenecer al estado eclesiástico ni ser
ministro de algún culto.
No estar en servicio activo, en caso de
pertenecer al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, seis meses
antes del día de la elección.
No estar comprendido en alguno de los
impedimentos previstos en el artículo 83 de esta Constitución.
No tener o haber tenido en los últimos
tres años anteriores al día de la elección un vínculo de matrimonio o
concubinato o unión de hecho, o de parentesco por consanguinidad o civil en línea
recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de
afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la
titularidad del Ejecutivo Federal.
La consejera jurídica del Ejecutivo
Federal, Luisa María Alcalde Luján, explicó que los artículos 82, 116 y 122 de
la Constitución establecen que, para ocupar la Presidencia de la República, o
ser gobernador, gobernadora, o jefe o jefa de Gobierno, es necesario ser
ciudadano mexicano por nacimiento. Mientras que el artículo 32, a su vez,
establece que para “el ejercicio de los cargos y funciones para los cuales, por
disposición de la presente Constitución, se requiera ser mexicano por
nacimiento, se reserva a quienes tengan esa calidad y no adquieran otra
nacionalidad”, lo que genera un vacío que ha dado lugar a confusiones
interpretativas.
Por lo que es indispensable garantizar
que el interés y soberanía nacional sean quienes guíen a los gobernantes, por
ello se propone la siguiente modificación al artículo 82 de la Constitución:
Artículo 82. Para ser Presidente o
Presidenta se requiere:
I . Ser ciudadano o ciudadana mexicana
por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo o hija de padre o madre
mexicanos; no tener ni adquirir otra nacionalidad, y en caso de tenerla,
renunciar a ella previo a solicitar su registro como candidata o candidato, y
haber residido en el país al menos durante veinte años.
Quien ejerza el cargo no podrá adquirir
ni solicitar otra nacionalidad, ni invocar ante autoridad extranjera una
nacionalidad distinta de la mexicana.
“Y quedan comprendidos en esta prohibición
el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero,
el ejercicio de los derechos políticos inherentes a la ciudadanía ante este y
el acogerse a su protección diplomática. La contravención de esta disposición
se sancionará en los términos del Título Cuarto de esta Constitución”.
Agregó que dicha redacción también se
contempla para el artículo 116, en el caso de los gobernadores y gobernadoras,
y el 122 para la jefatura de Gobierno en la Ciudad de México.
Informó que una vez que sea aprobada la reforma, se propondrán modificaciones a la Ley de Nacionalidad para establecer las reglas para renunciar a la doble nacionalidad ante las autoridades mexicanas y del país del cual se sea nacional.
.jpeg)
No hay comentarios:
Publicar un comentario