• Ante cobro indebido, presenta exhorto al secretario para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua
• Existen quejas de ciudadanos que,
al pagar el retraso de su cuenta, en los sistemas de las Comisiones Estatales,
se les cobra el retiro del “supuesto reductor de agua”
Mexicali, BC.- El diputado Julio César Vázquez Castillo exhortó al
Secretario para el Manejo, Saneamiento y Protección del Agua de Baja California,
Luis Salomón Faz Apodaca, a realizar las gestiones necesarias e instruya a las
Comisiones Estatales de Servicios Públicos a que dejen de realizar los cobros
por la remoción de reductores en servicios a cuentas domésticas de agua, cuando
estos no han sido instalados.
Indicó en su exposición de motivos que: “existen quejas por parte de
ciudadanos, quienes, si bien es cierto se retrasaron en el pago de los derechos
por el servicio de agua potable, sus medidores no cuentan con los reductores
respectivos, y a pesar de ello, al momento de realizar los pagos de sus
cuentas, en los sistemas de las Comisiones Estatales, se le realiza el cobro
correspondiente al retiro del “supuesto reductor”, aun y cuando insisto, no se
les instaló”.
Así mismo, subrayó que, durante el mes de julio y agosto en esta capital,
se reactivó la instalación de reductores de agua en las cuentas de usuarios
domésticos, a consecuencia de un incremento en la falta de pago de los
servicios, según ha expuesto el titular de la Comisión Estatal de los Servicios
Públicos en Mexicali.
Lo anterior -dijo- es una medida que, si bien puede considerarse
drástica, no violenta el derecho consagrado en la Constitución Federal, en su
numeral 4, dentro de la cual se establece que toda persona tiene derecho al
acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en
forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
Sin embargo, la medida de instalación de reductores no es una medida
deliberada de las Comisiones Estatales, pues, para que su personal pueda
realizar dicha reducción, deben seguir los lineamientos jurídicos previstos en
la norma estatal, agregó.
Argumentó que, en la Ley que Reglamenta el Servicio de Agua Potable de
Baja California, en su segundo párrafo del numeral 17, se prevé que, tratándose
de la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado para uso
doméstico, ante la falta de pago de más de tres meses, únicamente podrá
reducirse el suministro de agua en un 50 por ciento del diámetro de la toma
contratada, y ante la falta de pago de más de seis meses, sólo podrá reducirse
el suministro de agua en un 70 por ciento del diámetro de la toma contratada.
Es decir, que la reducción del suministro de agua, no es una medida que
sea a capricho, o a elección de la Comisión Estatal como podría pensar la
ciudadanía, subrayó el legislador Vázquez Castillo.
Puntualizó que, aunadamente a la reducción del servicio, para que el
usuario pueda cubrir el importe correspondiente de adeudo, o en su caso,
celebre el convenio respectivo, se le hace un cobro por concepto de remoción de
reductor en servicio a cuentas domésticas por un valor de 125.94 a 378.70
pesos, según el Municipio al que corresponda la Comisión Estatal de Servicios
Públicos, pago que no está sujeto a convenio.
Cabe mencionar que este punto de acuerdo fue aprobado por mayoría, con
dispensa de trámite.
No hay comentarios:
Publicar un comentario