* La iniciativa se presentó a nombre de Morena y se aprobó por unanimidad
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALITIJUANA, a 8 de abril del 2020.- miércoles 8 de abril de 2020.- La diputada Miriam Elizabeth Cano Núñez, presentó a nombre de la fracción parlamentaria del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), una iniciativa para reformar la Ley del Régimen Municipal para el Estado.
La propuesta, que fue aprobada con dispensa de trámite y de manera unánime, plantea que ante el actual estado de emergencia decretado a nivel nacional, surge la necesidad de reformar dicha ley para establecer en este cuerpo normativo, la posibilidad de que tanto el Cabildo municipal como las comisiones de trabajo que se integran por los regidores, puedan sesionar de manera virtual, siempre y cuando exista con anterioridad a la toma de esta medida, un decreto de estado de emergencia emitido por la autoridad correspondiente.
La intención es no detener los trabajos y las sesiones de los Ayuntamientos, por lo que se propuso reformar el artículo 5 de dicha ley, con el objeto de facilitar la realización de sesiones de Cabildo y comisiones de manera virtual, en los siguientes términos:
“Cuando por caso fortuito, o causas de fuerza mayor, sea imposible que los integrantes del Cabildo Municipal puedan reunirse a sesionar de manera presencial, por haberse decretado una medida de seguridad sanitaria por la autoridad competente, el presidente municipal o los presidentes de las comisiones de trabajo instituidas por el Ayuntamiento, podrán convocar a sesión virtual de Cabildo o de comisiones respectivamente, debiendo hacerlo por escrito o vía electrónica, especificando únicamente los temas a tratar, por tratarse de una ocasión extraordinaria”
Al respecto, la diputada Miriam Cano expresó que con propuesta legislativa, “de ninguna manera se está autorizando a que por el simple hecho de que algún miembro del Cabildo municipal se encuentre fuera de la ciudad, sea motivo suficiente para sesionar de forma virtual, sino que el requisito forzoso es que en el momento de tener que sesionar, haya sido decretado con anterioridad y oficialmente por la autoridad competente un estado de emergencia, que impida la reunión presencial de los integrantes del Cabildo procurando salvaguardar su salud y la de su personal de apoyo”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario