* Se establecen también los requisitos
que deberá tener el Fiscal General. El gobernador tendrá la facultad de
proponer ternas al Congreso
* El inicialista es el diputado Miguel
Ángel Bujanda
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI, a 11 de Octubre de 2019.- El
Pleno de la Asamblea Legislativa de Baja California aprobó en lo general y en
lo particular, con 23 votos a favor y 2 en contra, el dictamen número 1 de las
Comisiones Unidas de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales y de
Justicia, que contiene una iniciativa presentada por el diputado Miguel Ángel
Bujanda Ruiz, la cual reforma diversos artículos de la Constitución local, a
fin de crear la Fiscalía General del Estado (FGE).
La iniciativa, aprobada con dispensa de
trámite, establece que la institución del Ministerio Público se organizará en
una Fiscalía General del Estado, misma que será un órgano autónomo con
personalidad jurídica y patrimonio propio, autonomía técnica, operativa,
presupuestaria, de decisión y de gestión, y que tendrá a su cargo la
investigación y persecución de los delitos, así como el ejercicio de la acción
penal. Dicha Fiscalía ejercerá atribuciones de Seguridad Pública a través del
organismo que la ley determine.
Asimismo, crea el Centro Estatal de
Inteligencia, integrado por la Fiscalía General y las Secretarías y Direcciones
de Seguridad de los Ayuntamientos de Baja California, como órgano de
coordinación en materia de seguridad pública. La coordinación del Centro estará
a cargo del Fiscal General del Estado, con respeto a las autonomías de los
municipios.
Las reformas constitucionales avaladas
por la Asamblea Legislativa, disponen también que será facultad del gobernador,
“presentar ternas al Congreso del Estado para la designación del Fiscal General
del Estado, el Fiscal Especializado en Combate a la Corrupción, y para el
Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Electorales”. Por otro lado,
que el Congreso tendrá la competencia para designar a dichos fiscales por
mayoría calificada del Pleno.
Además, se inscribe que al frente de la
Fiscalía General estará un Fiscal General, quien durará en su cargo seis años y
que requiere tener cuando menos 35 años de edad al día de la designación y
poseer por lo menos diez años de ejercicio profesional, contados a partir de la
expedición de la cédula profesional de licenciado en derecho. La solicitud de
su remoción estará a cargo del Congreso del Estado o del titular del Ejecutivo
Estatal, la cual para que se dé, deberá aprobarse por las dos terceras partes
de los diputados de la Asamblea Legislativa.
En cuanto a los titulares de la Fiscalía
Especializada en Combate a la Corrupción y Fiscalía Especializada para la
Atención de Delitos Electorales, se especifica que durarán en su puesto cuatro
años y podrán ser reelectos por una sola ocasión.
En los artículos transitorios se dispone
que el procurador General del Estado que se encuentre en funciones a la entrada
en vigor del presente decreto, seguirá hasta que el Congreso efectúe la
designación del Fiscal General.
Asimismo, en ellos se declara
desaparecida la Policía Estatal Preventiva, aunque en un término de seis meses,
contados a partir de la publicación de la presente reforma, la Fiscalía General
deberá instrumentar un programa de depuración para los elementos de dicha
corporación que quieran formar parte de la nueva corporación prevista en el
artículo 69 de la presente reforma.
Cabe mencionar que el Pleno también
aprobó, con 23 a favor y 2 en contra, una reserva en lo particular presentada
por el diputado Rodrigo Aníbal Otáñez Licona, la cual modifica la fracción
XXIII del artículo 49 constitucional, para que en vez de que diga que el
gobernador tendrá la facultad de presentar “propuestas” al Congreso para los
cargos de los citados fiscales General, De Combate a la Corrupción y de Delitos
Electorales, se modifique por la palabra “ternas”.
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