* La legisladora Coyolxauhqui Soria insistió que mostrar el rostro de los imputados no atenta contra el principio de inocencia y sí facilita el reconocimiento pro-víctima y de género.
* En
la constitución no se ordena tapar el rostro al imputado, de acuerdo con Soria.
Por: Silvia Arellano
Ciudad de México.- Coyolxauhqui Soria Morales, diputada de Morena, propuso al pleno de la Comisión Permanente reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales las cuales establezcan que cuando los presuntos responsables de un delito sean detenidos al momento de presentarlos a los medios de comunicación quede prohibido cubrirles el rostro, distorsionar su imagen o poner una cintilla en sus ojos, a excepción de cuando sean menores de edad.
En
la exposición de motivos de su iniciativa, la morenista refiere que ahora “se
ha dado indebidamente una modalidad o práctica por parte de la Fiscalía General
de la República, así como de los gobiernos estatales y de los medios de
comunicación de cubrir el rostro, distorsionar la imagen o poner una cintilla
en los ojos de los imputados, sustentada indebidamente en la presunción de
inocencia como un derecho del imputado dentro del debido proceso”.
Señaló
que en el artículo 20, apartado B de la Constitución Política no se ordena ni
explícita ni implícitamente distorsionar, tapar o cubrir el rostro o poner una
cintilla en los ojos del imputado.
Aclaró
que la presunción de inocencia no se hace efectiva con el hecho que al o los
delincuentes se les cubra, distorsione, tape el rostro o se coloque una cintilla
en los ojos, porque su integridad no se resguarda con esta medida, sino con el
respeto a sus derechos humanos como presuntos responsables de un delito.
Por
el contrario, los derechos del imputado sí son explícitos y ordenan que el
presunto no sea expuesto a los medios, no que se le deba cubrir el rostro para
poder publicar su imagen prohibiendo hacer juicios de valor de culparlo
directamente a la hora de difundir la noticia y declararlo culpable previo
proceso penal.
Reiteró
que esta no es una regla derivada de la Constitución Política, del Código Penal
y del Código Nacional de Procedimientos Penales, de ahí que la Fiscalía General
de la República, los gobiernos estatales y los medios de comunicación no tienen
ningún impedimento legal para mostrar el rostro y el nombre del imputado.
Por
tal razón no existe ninguna violación y por tanto no habría sanción alguna para
el medio de comunicación, por el contrario, estas restricciones atentan contra
el derecho de las víctimas pues impiden el reconocimiento de él o los presuntos
responsables.
Así,
él o los delincuentes pueden ser presentados ante los medios de comunicación,
siempre y cuando prevalezca la leyenda en la foto de “probable responsable”.
La
diputada de Morena insistió que mostrar el rostro de los imputados no atenta
contra el principio de inocencia y sí facilita el reconocimiento pro-víctima y
de género.
Soria
afirmó que no hay un verdadero Estado de derecho en el debido proceso, si se
deja en desamparo a la víctima de un delincuente, al no poderlo identificar
para que haga frente a la obligación de responder por los ilícitos cometidos.
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