miércoles, 16 de marzo de 2016

EN BC YA NO SE DEBE COBRAR EN DÓLARES: RUVALCABA

Impulsa el diputado local una reforma a la Ley Monetaria de nuestro país, empezando por modificaciones al Código Civil de nuestro estado, para que los arrendamientos sean pactados en moneda nacional 
Mexicali, 16 de marzo de 2016.- Desde el pasado jueves 10 del mes en curso el diputado David Ruvalcaba Flores impulsa una iniciativa de reforma al artículo 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, para que en Baja California –y de ser posible en toda la frontera norte del país-, ya no se cobre en dólares los arrendamientos, empréstitos y otras contrataciones. 
“Mientras que estemos en suelo mexicano todo debe manejarse en moneda nacional, y los pactos que se hagan con extranjeros deben fijarse al tipo de cambio que esté vigente al momento de celebrar dichos contratos”, expone el legislador local. 
Mientras tanto, precisamente a nivel local, propone la reforma al artículo 2273 del Código Civil para el Estado de Baja California, para poner fin a las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la república para ser cumplidas dentro de ésta, se solventen entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio vigente en la fecha en que se contrajo la o las obligaciones de pago. 
Esta iniciativa es parte de las acciones que emprende como Coordinador del Grupo Parlamentario del PRI, y a nombre de diversas fracciones, que están de acuerdo en que las obligaciones de pago en moneda extranjera dejan en la ruina muchos negocios. 
Se observa que durante el 2015, por ejemplo, un contrato de arrendamiento pactado en 200 dólares mensuales, a principios de ese año representó 2 mil 400 pesos, pero en diciembre ese compromiso ya ascendió a 3 mil 200 pesos, o sea, ¡34 por ciento más en tan solo un año! 
Eso, por cierto, en los casos en los que el arrendador mantiene el precio de la renta en la misma cantidad de dólares, pero se observa que muchos para finalizar el 2015 ya cobraban, en el ejemplo citado, 210 o hasta 250 dólares, que significaron 3 mil 360 o ¡4 mil pesos! ¡Casi duplicando el cobro! 
Eso lastima gravemente la economía familiar, y en el caso de las empresas se dan incluso casos en que tienen que cerrar y hasta vender sus negocios. 
Una deuda de un millón de dólares, por ejemplo, a principios de 2015 eran 12 millones de pesos, pero para diciembre ya eran 16 millones de pesos, y actualmente representan 17.5, 18 o hasta 19 millones de pesos, lo cual es demasiado dinero, y con el tiempo se vuelve impagable.
Ruvalcaba Flores mencionó en su exposición de motivos que el 11 de febrero del año en curso, en esta legislatura se presentó la iniciativa por la que se reforma el artículo 2273 del Código Civil para el Estado de Baja California, a fin de que cualquier clase de arrendamiento pactado en moneda extranjera, se entienda pactado en la cantidad equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio vigente al momento de la celebración del contrato respectivo. 
En este sentido y con la finalidad de lograr una plena armonía con la legislación bajacaliforniana, “consideramos necesario proponer que se legisle en materia federal a efecto de reformar la última parte del primer párrafo del artículo 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, el cual establece que las obligaciones de pago en moneda extranjera contraídas dentro o fuera de la república para ser cumplidas en esta, se solventarán entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio que rija en el lugar y fecha en que se haga el pago”. 
“Como ejemplo, -dijo- podemos citar los casos de celebración de contratos de hace un año o más tiempo, cuando la paridad oscilaba alrededor de 12 pesos por dólar, a diferencia de la actualidad en que esa paridad ha alcanzado hasta 18 o más pesos por dólar; en consecuencia, y solamente por ese detalle, las cargas económicas se han visto incrementadas hasta en un 50 % o más en contra de la parte deudora”. 
Lo anterior implica que en las zonas fronterizas se genere una gran afectación financiera para todos los casos de contratos pactados para su pago en dólares, enfatizó el Coordinador del GP-PRI. 
Agregó que como consecuencia de lo anterior, se generan diversos perjuicios sociales, de manera directa, como lo son la pérdida de empleos, quiebra y cierre de negocios, encarecimiento de servicios, inflación, decremento del Producto Interno Bruto y, de manera indirecta, se genera un incremento en los fenómenos sociales relacionados con la seguridad pública, por el incremento de la delincuencia, y en general, de la pobreza.
“Consideramos que con la propuesta de esta reforma legislativa federal, se revisen los extremos de urgente necesidad de la misma, en base a la sensibilidad socio política que de ello se desprende, siendo un clamor generalizado de parte de quienes están viviendo las consecuencias del encarecimiento de la moneda de cambio extranjera y la disminución de la propia o nacional que, a final de cuentas, a todos nos afecta”, concluyó Ruvalcaba Flores.

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