Esta
práctica atenta contra los derechos humanos de quienes han saldado su deuda con
la sociedad
BAJA
CALIFORNIA
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI,
a 1 de diciembre de 2016.- La diputada Mónica Hernández Álvarez propuso
reformar la Ley de Ejecución de Penas y Medidas Judiciales para el Estado, con
el propósito de eliminar la expedición de constancias de antecedentes penales.
La
iniciativa fue presentada ante el Pleno de la asamblea a nombre de la fracción
parlamentaria del PAN, en sesión ordinaria, donde la legisladora propuso reformar
el contenido de la fracción XIV del artículo 6 del citado ordenamiento.
“La
pretensión legislativa es muy concreta compañeras y compañeros diputados,
consiste en que se elimine la expedición de constancias de antecedentes penales
a particulares y solo subsista y se comuniquen dichos registros informativos
entre dependencias gubernamentales encargadas de la seguridad pública,
procuración y administración de justicia, tal como lo prevé el artículo 42 y 57
de la Ley de Seguridad Pública del Estado Baja California”, dijo Hernández
Álvarez.
La
diputada, que preside la Comisión de Comunicación Social y forma parte de la
Comisión de Seguridad Pública, subrayó que como inicialistas, no existe
oposición alguna en las acciones que realizan las autoridades en materia de
seguridad pública relativa a mantener una base de datos para fines
estadísticos, informativos o de cualquier naturaleza, que sirva para ejercer de
mejor manera la labor que por mandato de ley se les ha conferido, pero en
muchos casos dichas acciones se traducen en prácticas que resultan contrarias a
los derechos fundamentales de aquellas personas que ya han saldado su deuda con
la sociedad y desean reinsertarse de manera efectiva.
Argumentó
que la Sala Superior de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha
establecido que: “El hecho de haber cometido un delito intencional, puede
llegar a constituir un factor que demuestre la falta de probidad o de
honestidad de la conducta, según las circunstancias de la comisión del ilícito,
pero no resulta determinante, por sí solo, para tener por acreditada la
carencia de esas cualidades. Continua el criterio del Alto Tribunal: “si una
persona comete un ilícito, no podría quedar marcado con el estigma de ser
infractor el resto de su vida, porque ello obstaculizaría su reinserción
social”.
La reforma
propuesta al mencionado artículo establecería en su fracción XIV: “La
constancia relativa a los antecedentes penales sólo se podrá extender cundo lo
soliciten autoridades administrativas o judiciales competentes para fines de
investigación criminal, procesales, requerimientos de autoridad judicial o
fines estadísticos gubernamentales. En ningún caso los terceros tendrán la
potestad de conocer o solicitar antecedentes penales como condicionante para el
ejercicio de algún derecho”.
La iniciativa fue turnada para su análisis y
procedibilidad a la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos
Constitucionale
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