Esquer dio a conocer que el Juzgado IV de
Distrito del Poder Judicial de la Federación, con sede en Tijuana, programó la
audiencia para dictar sentencia sobre la inconstitucionalidad de los delitos de
difamación y calumnia por los que enfrenta proceso penal la periodista Carmen
Olsen acusada por policías municipales.
POR: Antonio Heras
QUIHUBOLE/MEXICALI/20/01/15.- Después de seis meses
de inacción legislativa, el Congreso de Baja California se encuentra en posibilidades
de despenalizar los delitos contra el honor al aprobar en la Comisión de
Justicia la reparación de daños por la vía civil.
En un comunicado del Poder Legislativo del Estado se
informó que este martes se aprobó el dictamen 23 de la Comisión de Justicia que
contiene la iniciativa de reforma para establecer los mecanismos alternativos
de la reparación del daño moral cuando se violenta el honor, la vida privada o
la imagen pública de una persona por terceros.
La Junta de Coordinación Política del Congreso del
Estado determinará la fecha en que esta reforma se presente al pleno para su
discusión y, en su caso, aprobación o rechazo.
“Es un gran avance porque nos tomó más de un año el
presionar a los legisladores para despenalizar la calumnia y la difamación y
porque representa un triunfo a los periodistas y el respeto a su trabajo”,
advirtió la abogada Sandra Esquer, designada por la organización Artículo 19
para la defensa legal de la periodista Carmen Olsen y quien es integrante de la
Fundación para la Libertad de Expresión (Fundalex) Capítulo Baja California.
Esquer dio a conocer que el 6 de febrero el Juzgado
IV de Distrito del Poder Judicial de la Federación, con sede en Tijuana,
programó la audiencia para dictar sentencia sobre la inconstitucionalidad de
los delitos de difamación y calumnia por los que enfrenta proceso penal la
periodista de Playas de Rosarito -acusada por policías municipales-, de acuerdo
al amparo 369.
Reforma condicionada
El 3 de julio de 2014, los diputados aprobaron
eliminar 14 artículos del Código Penal donde se tipifican estos delitos, pero
en el segundo transitorio del decreto 86 publicado el 19 de septiembre de ese
año en el Periódico Oficial del Estado se condicionó su entrada en vigor hasta
en tanto se reformara el Código Civil.
Un mes después, un centenar de periodistas
solicitaron amparos indirectos donde señalaron que el condicionamiento “permite
que se sigan violando derechos fundamentales” porque se busca “darle al
ciudadano la seguridad y garantía que esta ley exista en espacio y tiempo, no
solo en el tintero legislativo”.
Tras señalar que esta falta de congruencia jurídica,
los periodistas acusaron de “parálisis legislativa” y advirtieron sobre la
violación de preceptos internacionales, entre ellos la Declaración Universal de
los Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración de Principios
sobre Libertad de Expresión, la Declaración de Chapultepec y la Convención de
las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Reforma del Código Civil
La iniciativa de reforma del Código Civil de Baja
California la presentaron los diputados Gerardo Álvarez (PAN), René Mendívil
(PRI) y Francisco Barraza (PEBC) en el que se señala que “se garantizará el
ejercicio de los derechos de opinión, crítica, expresión e información que se
realice en los términos y con las limitaciones de los artículos 6 y 7 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Sin embargo, entre las conductas de quienes estarán
obligados a la reparación del daño moral se encuentra aquel que comunique la
imputación a una persona física o moral “de un hecho cierto o falso”, que pueda
causarle deshonra, descrédito, perjuicio o exponerlo al desprecio de alguien”.
A pesar de las recomendaciones de organizaciones
gremiales de periodistas, los legisladores omitieron establecer montos máximos
para cuantificar y, en su caso, garantizar el daño moral del denunciante, toda
vez que es un aspecto que en la práctica ha propiciado nuevas reformas en las
entidades donde se despenalizaron los delitos contra el honor al vulnerar el
patrimonio de los denunciados
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