* Entre los
requisitos, se debe presentar el NSS, acta de Defunción y factura del gasto
realizado
Baja
California.- Como parte de los beneficios de la seguridad social, los deudos de
trabajadores asegurados que fallecen tienen el derecho a recibir un apoyo
económico por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para cubrir
parte de los gastos de servicios funerarios.
El jefe de Salud
en el Trabajo, Prestaciones Económicas y Sociales, Ricardo Galindo Maciel,
explicó que en caso de muerte de un trabajador en activo o pensionado, sus
familiares directos pueden solicitar la Ayuda para Gastos de Funeral, cuyo
monto se determina al considerar dos veces el valor mensual de la Unidad de
Medida y Actualización (UMA), que a la fecha equivale a 5 mil 448.89 pesos.
Representa –dijo
el funcionario- un apoyo económico para esos momentos difíciles y podrá
solicitarlo quien esté acreditado en la cuenta original de los gastos de
funeral, o bien, a quien se le dejan los derechos.
Precisó que para
tramitar el apoyo es necesario presentar acta de defunción en original y copia
─en caso de tratarse de un documento en otro idioma, hacer la traducción
autorizada-, así como la cuenta original de los gastos mediante factura o
documento fiscal en el que se describan los pagos de servicios funerarios, que
pueden ser por ataúd, cremación, embalsamiento, equipo de velación, derecho de
servicios de sepultura, servicios de traslado o cualquier gasto relacionado.
También se
solicita documento en el que aparezca el Número de Seguridad Social (NSS) en
original y la CURP.
Galindo Maciel
resaltó la importancia de tener en orden toda la documentación de los
asegurados, ya que, ante cualquier trámite, se deben cumplir una serie de
requisitos que se revisan minuciosamente por toda dependencia gubernamental.
Puntualizó que
la ayuda se otorga siempre y cuando la persona fallecida cuente al menos con 12
semanas cotizadas reconocidas en un lapso de nueve meses previos al
fallecimiento, excepto si se trata de muerte por riesgo de trabajo. “El apoyo
se puede solicitar inmediatamente o antes de que se cumpla un año de la
defunción”, indicó.
Precisó que, en
los casos de fallecimiento por riesgo de trabajo se debe presentar una copia
simple del aviso para calificar probable riesgo (formato ST-1 o ST-7)
calificado por el servicio de Salud en el Trabajo del Instituto.
Concluyó que el
trámite se realiza directamente en la unidad de Medicina Familiar de
adscripción; al familiar beneficiario se le entrega un volante de pago que se
hará valido en una institución bancaria previa identificación con documento
oficial.
Para más
información pueden ingresar a la página www.imss.gob.mx
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