Asociación
Nacional de Periodistas A.C.
(ANPAC)
BAJA
CALIFORNIA
TIJUANA, a 22 de Julio del 2016.
A TODOS
LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A LOS
TRES NIVELES DE GOBIERNO
A LA
POBLACION EN GENERAL:
POSICIONAMIENTO
DE LA ASOCIACION NACIONAL DE PERIODISTAS A.C. (ANPAC) DELEGACION REGIONAL Y
DELEGACION BAJA CALIFORNIA, SOBRE AGRESIONES A REPORTEROS DEL
DIARIOTIJUANA.INFO
Los
tres oficiales que increparon y hostigaron a los compañeros Roberto Santillán y
Francisco Molina, reporteros del medio informativo por internet
diariotijuana.info, el cual dirige el reconocido compañero periodista Odilón
García, argumentaron que “no tenían permiso de Comunicación Social del
Ayuntamiento” para hacer entrevistas dentro de palacio municipal.
¿Desde
cuándo se necesita permiso para hacer entrevistas, si la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos consagra el libre acceso a la información?
Nuestra Carta Magna dice en su artículo 6 (Sexto): “Toda persona tiene derecho
al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y
difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”.
Además,
el artículo 7 (Séptimo) decreta que: “Es inviolable la libertad de difundir
opiniones, información e ideas, a través de cualquier medio. No se puede
restringir este derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de
controles oficiales o particulares, de papel para periódicos, de frecuencias
radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o
por cualesquiera otros medios y tecnologías de la información y comunicación
encaminados a impedir la transmisión y circulación de ideas y opiniones.
Ninguna
ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de
difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del
artículo 6o. de esta Constitución”.
Los
límites citados del artículo 6º son los relativos a que algún tipo de
información pública tiene reservas en tratándose de seguridad nacional o
regional y algunas otras indicaciones que se encuentran en la ley secundaria
que es la de transparencia de la información pública.
Y por
si fuera poco, el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos
Humanos, decretada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), precisa
también que: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de
expresión; este derecho incluye el no ser molestado a causa de sus opiniones,
el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin
limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
Otro
aspecto grave es que los policías municipales se portaron de manera prepotente
y hasta acariciando sus armas de fuego, y eso se califica como delito de abuso
de autoridad, el cual no solamente debe ser sancionado administrativamente,
sino también penalmente.
Y
¿quiénes son ellos para calificar lo que es una “entrevista ilegal” o legal?
Los conceptos constitucionales antes citados demuestran que no hay ilegalidad
que pueda presumirse.
Ellos
lo presumieron porque según su criterio “en nuestra casa (el Palacio Municipal)
tenemos reglas”, pero como antes se notó, nuestra Carta Magna indica claramente
que “es inviolable la libertad de difundir opiniones, información e ideas, a
través de cualquier medio”, y por lo tanto, “no se puede restringir este
derecho por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales
o particulares”.
Por eso
fue atinada la respuesta del reportero que le dijo que el palacio municipal es
un lugar público, es también nuestra casa, y que la Constitución Mexicana
consagra la libertad de expresión, la libertad de tránsito, la libertad de
prensa y demás derechos humanos.
Y la
amenaza de que si seguía “haciéndose el chistosito” podían llevárselo detenido
confirma lo que es un secreto a voces, que usan inadecuadamente su poder para
detener y procesar a inocentes, “sembrando” “evidencias”, o argumentando
cualquier pretexto “legal”.
Por
todo lo anterior, pedimos al Secretario de Seguridad Pública Municipal, José
Luis López Medina, a la Directora de la Policía Municipal, Oliva Margarita
Vidal Plata, y al Síndico Procurador Municipal, Arturo Ledesma Romo, así como
al Síndico Social Municipal, Bernabé Esquer Peraza, que nos fijen una fecha,
hora y lugar de audiencia pública, para debatir sobre este tema que sigue
siendo muy recurrente, pese a las “instrucciones oficiales”, ya que siempre
dicen esas autoridades que ellos no toleran ningún abuso policiaco, pero
lamentablemente hemos visto solamente resultados de impunidad, y los tenemos
bien documentados.
Hagamos
juntos el cambio que autoridades solamente simulan hacer. Obliguemos a los
servidores públicos a cumplir con la Constitución y las leyes como lo juran al
momento de asumir sus cargos, porque como dice el mismo juramento: de lo
contrario, el pueblo se lo demanda.
No
valen excusas ni pretextos. La autoridad tiene los elementos para actuar, no
para “empezar investigaciones”; en muchos casos ha habido un silencio y
burocratismo o traspapeleo inducido claramente, para proteger y mantener en la
impunidad actos de abusos policiacos, y en el mejor de los casos quieren
arreglarlo todo con un “usted disculpe” (como el Presidente Enrique Peña Nieto,
que cree que con disculparse arregla todo y paga delitos).
Hay
casos claros de delitos, no solamente de prepotencia, lo cual tendría alguna
sanción administrativa, hay casos en los que se tipifican como delitos por el
tipo de agresión y amenazas contra la integridad física. Por eso debe darse
soluciones drásticas, y ya.
“La libertad de
expresión es conquista irreversible del pueblo”.
C. Juan Alfonso Ojeda
Reyes C.
Pedro Castillo Chavoya
Delegado Regional
Delegado Nacional.
C. José Ángel Inzunza Mendoza