Diputados aprueban uso de la marihuana
CPS Noticias, autor en Tribuna de la Bahía
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CPS Media
(Nacional), marzo, 2021.-Este miércoles se
convirtió en una fecha histórica luego de que la Cámara de Diputados aprobó con
316 votos a favor contra 129 la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, la
cual consiste en regular el cultivo, la producción, el consumo, la distribución,
la industrialización y la venta de la marihuana para consumo personal.
Lo anterior representa un cambio radical en
las políticas de drogas a nivel mundial, siendo México el tercer país en el
mundo después de Uruguay y Canadá en regular por completo la marihuana.
Más de cuatro horas duró la disputa en la que
también se reformaron la Ley General de Salud y el Código Penal Federal,
quienes estuvieron a favor, indicaron que las políticas prohibicionistas
impuestas por Estados Unidos, a través de la llamada "guerra contra las
drogas" causaron más daños a México que el consumo y tráfico de
sustancias.
Por su parte, quienes votaron en contra,
advirtieron que esta legalización “atentará” contra la salud de los mexicanos.
¿Qué dice la Ley?
A partir de ahora, el cannabis y sus
derivados están autorizados en México para adultos que los quieran consumir con
fines personales; en uso compartido en asociaciones civiles (lo que en Uruguay
llaman clubes cannábicos); así como para la comercialización y su producción industrial.
Los mayores de 18 años no podrán consumir
frente a menores u otras personas que no manifiesten expresamente su
consentimiento, mientras que la venta solo se podrá realizar en territorio
nacional y en establecimientos autorizados. En ningún caso estará permitida la
publicidad de la marihuana.
Las Asociaciones de consumidores deberán
constituirse con un mínimo de dos y un máxima de 20 personas asociadas, todas
mayores de edad, y podrán sembrar; cultivar, cosechar, aprovechar, preparar y
consumir. El tope de siembra es de cuatro plantas de cannabis psicoactivo por
persona asociada al año. Y no se podrá pertenecer a más de una Asociación por
persona.
Con respecto a la comercialización, los
establecimientos interesados deberán tramitar una autorización y no podrán
vender más de 28 gramos por día a la misma persona.
Por otra parte, las licencias con fines
industriales serán de cinco tipos: para el cultivo (adquisición de semilla o
plántula, siembra, cosecha y preparación), transformación (fabricación y
producción), comercialización (distribución y venta al público), exportación o
importación (incluye el ingreso a México de cannabis no psicoactivo o productos
elaborados, pero cumpliendo normas y tratados internacionales para precisar
destino u origen) e investigación.
Para supervisar todos los aspectos del nuevo
mercado, se creará el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del
Cannabis, que será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud, y que
coadyuvará en la determinación de las políticas públicas y ejes centrales del
control sanitario del cannabis y sus derivados; otorgará, modificará, renovará,
suspenderá o revocará licencias.
La penalización se mantiene, ya que se
impondrá prisión de uno a tres años de prisión y de 200 a 400 días de multa, a
quien comercie o suministre sin autorización hasta 200 gramos de cannabis
psicoactivo. Si la cifra es mayor, la pena será de cinco a 15 años.
Los activistas siempre han denunciado que a
las fuerzas de Seguridad no les importan los topes supuestamente legales,
porque siempre les "siembran" más sustancias para poder
extorsionarlos.
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