miércoles, 29 de septiembre de 2021

Dip. Julio Cesar Vázquez plantea que registrador o notario público puedan constituir el patrimonio familiar

•    Presenta Iniciativa de Reforma a diversos artículos del Código Civil para el Estado de Baja California

    Se propone que los bienes del patrimonio familiar puedan ser transmitidos a título de herencia, sin necesidad de extinguir dicha figura jurídica

Mexicali, BC.- miércoles 29 de septiembre de 2021.- Con la finalidad de que tanto juez, registrador público de la propiedad o notario público, puedan constituir el patrimonio familiar, el diputado Julio César Vázquez Castillo presentó una Iniciativa de Reforma a diversos artículos del Código Civil para el Estado de Baja California.

Mencionó el legislador que, una de las grandes realidades en la sociedad mexicana es que la familia es respetada y funge como promotor de la unidad y solidaridad, motor hereditario de las costumbres, pero principalmente como principal protector de los miembros de la familia. Sin embargo, en su mayoría no existen las planificaciones del patrimonio familiar.

“Un hecho inequívoco es que tanto madres como padres buscan en todo momento el bienestar de sus hijos, y los sacrificios que como padres uno realiza, se hacen en pro del bienestar familiar, pero estos sacrificios quedan en muchas ocasiones en vano por no haber materializado legalmente su patrimonio familiar”, subrayó.

Luego indicó que, dicho patrimonio previsto en el artículo 715 de la Ley Sustantiva Civil del Estado, tiene como finalidad proteger jurídica y económicamente a la familia, mediante la inscripción de bienes que serán inembargables e inalienables para no dejarla en desamparo, y que tengan durante su desarrollo un patrimonio ya sea para que sirva de casa-habitación, o bien, para obtener recursos económicos por la explotación de algún bien.

“No obstante lo anterior, -dijo- es una figura de bajo uso, por ello, y en aras de proteger el núcleo de toda sociedad, se estima necesario hacer modificaciones, para que la constitución del Patrimonio Familiar se pueda hacer no solo ante un Juez, sino que pueda ser solicitado y constituido conforme a las reglas previstas en Ley, ante un Notario Público o directamente en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio a través del Registrador, pues ambos cuentan con Fe pública en la realización de sus actos”.

Lo anterior es así, ya que son especialistas en el ramo patrimonial, aunado a que se otorga al ciudadano un mayor número de Fedatarios ante quien constituir su patrimonio, agregó el legislador en su exposición de motivos, al presentar dicha iniciativa por la vía de Oficialía de Partes.

Aunadamente, se pretende incrementar la cuantía máxima para la constitución del patrimonio familiar. Esto es así, debido a que los valores de los bienes inmuebles han incrementado considerablemente, y aunadamente, con esta medida se busca otorgar mayor certidumbre a un mayor número de familias bajacalifornianas. 

Finalmente, resaltó que se propone que los bienes que constituyan el patrimonio familiar puedan ser transmitidos a título de herencia, sin necesidad de extinguir el citado patrimonio familiar y con la misma afectación de destino, haciéndose la anotación marginal correspondiente en el Registro Público de la Propiedad.

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