En marzo, como
parte de la contingencia sanitaria por COVID-19, las tres órdenes de gobierno
ordenaron la suspensión de actividades no esenciales para reducir el número de
personal en oficinas, así como la movilización que pudiera contribuir a
contagios por el virus.
Sin embargo, desde
hace semanas, se ordenó cancelar la suspensión de los plazos y términos en los
órganos de control interno. Tanto la Secretaría de Honestidad y Función Pública
como los ayuntamientos de Baja California realizaron el levantamiento de estas
limitaciones.
Excepto el
Ayuntamiento de Tijuana, el cual hasta la fecha mantiene suspendidas estas
labores, pese a que la síndico procuradora, María del Carmen Espinoza Ochoa,
desde el 21 de agosto, solicitó al Cabildo que se sometiera a votación el punto
de acuerdo para que se levantaran estos plazos y términos en los procedimientos
administrativos y asuntos de su competencia de la Sindicatura Procuradora.
Inés García Ramos
Egresada de la
Licenciatura en Comunicación de la Universidad Autónoma de Baja California.
Especialidad en Periodismo Policial y Judicial de la Universidad
Iberoamericana, Campus Ciudad de México. Más de 12 años en medios de
comunicación de México y Estados Unidos, como Semanario Zeta, Sin Embargo o la
agencia española EFE.
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