viernes, 12 de junio de 2020

A Través del DIF-Nacional Gobierno de México Activa Apoyos de Gastos Funerarios: Jesús Alejandro Ruiz Uribe

* Se les otorgará un apoyo de 7 mil pesos ante la difícil situación del Covid-19
BAJA CALIFORNIA
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI, a 12 de junio del 2020.- El Gobierno de México  a   través  del Sistema Nacional  para el Desarrollo Integral de la Familia DIF, activó un programa de  apoyo por la cantidad de 7 mil pesos para gastos funerarios, dirigido  a las personas  y familias  en situación de vulnerabilidad, informó en conferencia de prensa el Delegado Federal  Único en Baja California, Jesús Alejandro Ruiz Uribe.

Las personas que requieran de este apoyo pueden comunicarse  a los siguientes números teléfonicos: Mexicali 686 339 27 10, Tijuana 664 751 87 17 y Ensenada 646 1521310,  a cargo de la representante  del DIF- Nacional en Baja California, Claudia Velázquez.

Para  Playas de Rosarito y  Tecate, esta a disposición el número 6646346736.

Informó   que cualquier persona o institución pública que conozca  de un caso,  también puede enviar un correo  a atencionciudadana@dif.gob.mx, con el nombre completo de la persona fallecida, de la o el soliictante, domicilio, teléfonos de contacto  y descripción  de los hechos  o las razones por las que se debe hacer la petición.

Asimismo a los teléfonos nacionales para información  y orientación  llamar a los teléfonos 553000322000 y a las extensiones  3 MIL 700 Y  3 mIL 702

Destacó que los servicios que se ofrecerán  son: Rescate del cuerpo  de la  persona  fallecida, traslado del cuerpo del lugar donde haya sucedido  el deceso de la agencia funeraria o en su caso el primer traslado  al domicilio donde  se realizará la tanatopraxia ( embalsamado basico y preparación del cuerpo)

Así como  velación del solicitante, que puede optar  un servicio  en domicilio o en capilla,  atewndiendo también las recomendaciones de las autoridades  de salud, por la situación dle Covid-19 así como la inhumación.

Detalló que las personas que no serán sujetas no podrán obtener  este beneficio son: Las que  cuentan con  seguro funerario, las que estén inscritas  en algún programa  de asistencia funeraria, las que  intenten duplicar  la solicitud de apoyo.

También  las que cuenten con otro programa  de servicio  de gastos  funerarios por parte de  instituciones  gubernamentales federales, estatales o muniicpales, y que  sea cubierto  con apoyos o subsidios federales, bajo el mnimso  objeto  o recursos federales transferidos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario