* Aplica
procedimientos para recuperar créditos fiscales.
* Mayoría de patrones
bajacalifornianos cumplen oportunamente
* Se privilegia
conciliación y apertura con todos los sectores.
BAJA CALIFORNIA
Por: Steven Sxkovedo
Redacción/Quihubole!!!
MEXICALI,
a 16 de agosto 2018. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tiene entre
sus facultades realizar el cobro de créditos fiscales mediante la aplicación
del Procedimiento administrativo de ejecución (PAE) o Procedimiento económico
coactivo, en aquellos casos en que se incumplen plazos o términos previstos por
la Ley con respecto al pago de contribuciones patronales.
Al
precisar que la finalidad del Instituto es garantizar los derechos del
trabajador a la asistencia médica, prestaciones económicas y sociales, el
maestro Francisco Iván Beltrones Burgos, refirió que en la delegación a su
cargo la mayoría de las empresas cumplen oportunamente sus compromisos.
Explicó
que la dependencia sustenta todos sus procesos con ánimo conciliatorio y de
total apertura, “cuando existen causales para aplicar medidas coercitivas,
éstas se llevan a cabo en diferentes fases en aras de propiciar la continuidad
de las actividades productivas”.
El
funcionario precisó que el objetivo fundamental es proteger los derechos de los
trabajadores afiliados y para ello como toda autoridad fiscal, el Instituto
dispone de mecanismos legales para exigir el pago de contribuciones que cubren
las diferentes ramas de seguros que administra la institución.
Las
acciones legales disponibles –aclaró-, son la última instancia a la que se
recurre. Estos procesos consisten en de diversas acciones legales disponibles
para toda autoridad fiscal -como el IMSS-, para exigir el cumplimiento de
obligaciones con la finalidad de
garantizar de los derechos de los trabajadores afiliados y de sus
beneficiarios.
Beltrones
Burgos, recalcó que ante la omisión de parte de algunas empresas en sus
aportaciones, la aplicación del PAE se
efectúa de acuerdo a los procedimientos
que inician con el mandamiento de ejecución. Posteriormente, se hace
llegar el requerimiento para que lleve a cabo el pago o en su caso se demuestre
haberlo efectuado.
De no
recibir respuesta, se procede al embargo de bienes muebles, inmuebles o
cuentas, que es el acto de la autoridad que tiene por objeto la recuperación de
los créditos fiscales, mediante el secuestro o aseguramiento de bienes
propiedad del contribuyente o deudor, por lo que se pueden rematar o
adjudicarlos a favor del IMSS.
Beltrones
Burgos, explicó que el embargo de cuentas bancarias es una
forma de garantía contemplada en el Código Fiscal de la Federación (CFF).
Asimismo, señaló que se debe llevar a cabo la determinación del valor de los
bienes embargados; posterior a ello, se emite una convocatoria para remate.
Una vez concluido este proceso, se efectúa el
remate, posteriormente la adjudicación y concluye con la aplicación del
producto del remate.
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